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Los perceptores de la Renta Social Garantizada con anterioridad al 12 de julio de 2022 percibirán la nueva Renta Social Garantizada de este Decreto ley, sin perjuicio que se compruebe de oficio el cumplimiento de las nuevas obligaciones y que las personas beneficiarias presenten el consentimiento del artículo 32.2 Ley 19/2021.


Las personas beneficiarias de RESOGA 2016 que no hayan aportado la documentación que se les ha comunicado para hacer el traspaso a la Renta Social Garantizada, regulada al decreto ley 7/2022, de 11 de julio, seguirán cobrando los importes establecidos y detallados a continuación:

Número de personas  Cantidad
Una persona 459,14€
Dos personas 596,88€
Tres personas 688,71€
Cuatro personas 734,62€
Cinco personas 780,53€
Seis personas 824,44€