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Resolución de la directora gerente de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP) por la cual se aprueba el Programa de Formación y Perfeccionamiento para el Profesorado del EBAP para el año 2023


Antecedentes 

1. El Acuerdo del Consejo de Dirección de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP) de 17 de enero de 2023 por el cual se publica la convocatoria de las actividades formativas para el personal al servicio de la Administración de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares para el año 2023, incluye el Programa de Formación y Perfeccionamiento para el Profesorado del EBAP (Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 9, de 19 de enero).

2. La Instrucción 1/2018 del director de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP) de organización de la inscripción telemática del personal docente del EBAP, mejorar la formación pedagógica, y evaluación de la tarea docente, establece las bases para crear una Base de datos de profesorado acreditado (BD PA).

3. En cumplimiento del punto 4.2.1 de la instrucción 1/2018, la EBAP ofrecerá al personal docente inscrito en la Base de datos general del profesorado un itinerario formativo con el objetivo de mejorar las competencias y las habilidades docentes. 

4. En concreto, los puntos 7.3 y 7.4. de la convocatoria para la inscripción permanente en la Base de datos general del profesorado correspondiente al Plan de Formación General de la EBAP, publicada el octubre de 2018, determinan que las personas inscritas en la BD GP tienen que acabar el itinerario mencionado en el plazo máximo de dos años, contador desde el momento en que la persona inscrita empiece el primer módulo. El cumplimiento del itinerario formativo será el requisito imprescindible y único para formar parte de la BD PA.

Fundamentos de derecho

1. De acuerdo con el que establece el artículo 12 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares, corresponde en la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP) la formación, la capacitación y el perfeccionamiento del personal al servicio de la Administración autonómica y de las entidades que dependen. Así mismo, esta norma añade que, en los términos que se establezcan, corresponde al EBAP la realización de actividades formativas y de selección del personal al servicio de las otras administraciones del ámbito territorial de las Islas Baleares.

2. El artículo 1 del Decreto 191/1996, de 25 de octubre, por el cual se regulan las condiciones generales de las actividades formativas que organiza la Consejería de Interior (actualmente, Consejería de Presidencia, Función Pública e Igualdad) indica que el Instituto Balear de Administración Pública (actualmente, Escuela Balear de Administración Pública) es el principal instrumento de la política formativa de la Administración pública de las Islas Baleares, y elabora periódicamente diferentes planes de formación que responden a los principios de eficacia y de calidad de las actividades formativas, con el fin de favorecer la participación del personal al servicio de la Administración.

3. El artículo 5.1 del Decreto 31/2012, de 13 de abril, por el cual se aprueban los Estatutos de la Escuela Balear de Administración Pública, incluye, entre sus funciones, la promoción, la organización y la gestión de la formación, el reciclaje y el perfeccionamiento del personal de la Comunitat Autónoma y, si procede, del resto de administraciones de su ámbito territorial.

4. La Resolución de la presidenta de la Escuela Balear de Administración Pública, a propuesta del director gerente, por la cual se fijan las áreas de formación en que se tienen que estructurar los planes de formación que organiza la Escuela Balear de Administración Pública.

5. El Acuerdo del Consejo de Dirección de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP) de 17 de enero de 2023 por el cual se publica la convocatoria de las actividades formativas para el personal al servicio de la Administración de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares para el año 2023.

Por eso , dict la siguiente

Resolución

1. Aprobar el Programa de Formación y Perfeccionamiento para el Profesorado del EBAP para el año 2023.

2. Aprobar las instrucciones que rigen el desarrollo de este programa de acuerdo con el que establece el anexo de esta Resolución.

3. Publicar la convocatoria en la página web de la EBAP.

Palma , 11 de abril 2022

La directora gerenta de la EBAP


María de Carmen Iglesias Manjón