DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE UN CLUB DEPORTIVO

Para poder inscribir la disolución de un club deportivo en el Registro de Entidades Deportivas de las Islas Baleares, éste tiene que disolverse y liquidarse de acuerdo con el procedimiento previsto en sus estatutos y los artículos 84 a 91 del Decreto 147/1997, de 21 de noviembre, por el que se regulan la constitución y el funcionamiento de los clubes deportivos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOCAIB núm. 151, de 6 de diciembre).

La documentación resultante de la disolución que hay que remitir para inscribirla es la siguiente:

  • Acta de la reunión de la asamblea general extraordinaria, firmada por el Secretario del club con el visto bueno del Presidente, en la que se aprueba el acuerdo de disolución adoptado según la mayoría prevista en los estatutos.
  • Escritura pública en la que los liquidadores manifestaran que se ha procedido al pago de los acreedores y al balance final de la liquidación.

Esta documentación debe remitirse, junto con una solicitud de inscripción, al Registro de Entidades Deportivas de las Islas Baleares (Dirección General de Deportes y Juventud de la Consejería de Transparencia, Cultura y Deportes) (Palma Arena. Calle Uruguay, s/n, 07010. Palma. Telf. 971 17 89 99).

Una vez inscrita la disolución del club, se dará de baja en el Registro de Entidades Deportivas de la Islas Baleares.