Ayudas de promoción de la excelencia académica para estudiantes universitarios de las Illes Balears que hayan finalizado estudios oficiales de grado o máster universitario en cualquier universidad española durante el curso académico 2023-2024
La consellería de Educación y Universidades publica en el BOIB núm. 33, de 15 de marzo de 2025, la Resolución del consejero de Educación y Universidades por la cual se convocan ayudas de promoción de la excelencia académica del alumnado universitario que haya finalizado estudios oficiales de grado o máster universitario en cualquier universidad española durante el curso académico 2023-2024.
AVISO !: La página web de este ayudas es un extracto de la convocatoria. Se recomienda leer atentamente el texto de la convocatoria y la información que se da a continuación antes de hacer la solicitud.
Texto de la convocatoria: BOIB núm. 33, de 15 de marzo de 2025
Acceso al procedimiento publicado en la Sede Electrónica de la CAIB
Descripción: Ayudas para promover la excelencia académica de los alumnos universitarios con domicilio en las Illes Balears que hayan finalizado los estudios oficiales de grado o máster universitario en cualquier universidad española durante el curso académico 2023-2024, siempre y cuando cumplan unos determinados requisitos académicos. Se concederán un total de veinticinco ayudas de excelencia académica. Se prevé otorgar cuatro ayudas para estudios oficiales de grado, para cada rama de conocimiento a la cual estén adscritos los estudios y cinco ayudas para estudios oficiales de máster universitario, una para cada rama de conocimiento.
Las ramas de conocimiento son:
- Artes y humanidades.
- Ciencias.
- Ciencias sociales y jurídicas.
- Ciencias de la salud.
- Ingeniería o Arquitectura.
Cuantía de la ayuda: El importe de la ayuda es de una dotación fija de 2.000,00 euros.
Requisitos: Los solicitantes tienen que cumplir los requisitos generales detallados en el punto 6.1 de la convocatoria y acreditar los requisitos específicos de notas medias para cada rama de conocimiento a la que pertenecen los estudios detallados en el punto 6.2.
Beneficiarios: Alumnado universitario de las Illes Balears que haya finalizado los estudios oficiales, de grado o de máster universitario, en cualquier universidad española durante el curso académic 2023-2024.
Excluidos: Establecidos en el punto 6.3 de la convocatoria.
Abierto el plazo de "Subsanación de la solicitud"
En fecha de agosto se publica la diligencia (1) y el informe (2 Listado) relativo a la falta de documentación o los defectos de las solicitudes presentadas en la convocatoria, con indicación de los aspectos que deben subsanarse. Con la publicación se notifican a los solicitantes de las "Ayuda excelencia estudios universitarios finalizados el curso 2023-2024" los posibles defectos de las solicitudes presentadas o la falta de documentación.
1. Diligencia notificación de subsanación de documentación.pdf
2. Listado: Informe documentación pendiente.pdf
2.1) Anexo 1 Listado de personas con documentación pendiente.
2.2) Anexo 2 Listado de personas a las que no se requiere documentación. (IMPORTANTE: Salir en esta lista no significa que tiene la ayuda adjudicada).
Se establece la OBLIGATORIEDAD de relacionarse a través de medios electrónicos para cualquier trámite que se tenga que hacer dentro de la convocatoria de subvenciones de Ayudas de promoción de la excelencia académica para estudios oficiales de grado o máster universitario finalizados en cualquier universidad española durante el curso académico 2023-2024.
IMPORTANTE i PREVIO!: Para acceder al trámite telemático es IMPRESCINDIBLE tener uno de los tres siguientes sistemas de identificación y firma electrónica reconocidos por la Sede Electrónica de la CAIB: Cl@ve Permanente de nivel Avanzado; Certificado digital de la FNMT o DNI electrónico.
Cómo acceder al trámite telemático: El acceso al trámite telemático se tiene que hacer mediante identificación y firma electrónica en la Sede Electrónica de la CAIB . Para saber cómo obtener la identificación y firma electrónica podéis clicar en el siguiente PDF Identificación y firma electrónica.pdf
En caso de que los solicitantes no aporten la documentación para subsanar la solicitud dentro del plazo establecido, se considerará que desisten de su petición mediante resolución.
PLAZO de presentación de documentación de subsanación de la solicitud: Desde el 8 de agosto hasta las 13:00h del 19 de septiembre de 2025.
Información adicional de las Ayudas de promoción de la excelencia académica para estudios oficiales de grado o máster universitario finalizados durante el curso académico 2023-2024:
Compatibilidad: Las ayudas de excelencia académica son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad que se puedan recibir de cualquier administración o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
Forma de pago: La Consellería de Educación y Universidades abonará a los beneficiarios el importe de la ayuda concedida mediante una transferencia bancaria.
Tenéis problemas con el trámite telemático ? Consultad el siguiente PDF: Soluciones a los problemas frecuentes de acceso al trámite telemático
Necesitáis hacer una representación ? Consultad el siguiente PDF : Acreditació de representació
Calendario de actuaciones:
Presentación de solicitudes: Desde el 17 de marzo hasta el 31 de julio de 2025 a las 13:00h
Mejora voluntaria de la solicitud: Desde el 1 de agosto hasta el 8 de agosto de 2025.
Publicación del informe de subsanación (notificación de las posibles carencias de documentación o los defectos de solicitud): En fecha del 8 de agosto de 2025.
Mejora voluntaria de la solicitud:
- Inicio: Desde el 8 de agosto de 2025
- Finalización: Hasta las 13:00h del 19 de septiembre de 2025
Publicación de la resolución de declaración de desistimiento: Entre el 16 y el 31 de octubre de 2025.
Publicación de la propuesta de resolución: Entre el 16 y el 31 de octubre de 2025.
Presentación de alegaciones a la propuesta de resolución: 10 días naturales desde la publicación de la propuesta de resolución.
Renuncia a la ayuda: 8 días hábiles a contar a partir de la publicación de la propuesta de resolución.
Publicación de la resolución de concesión o exclusión: Posterior a la revisión de las alegaciones presentadas a la propuesta de resolución.