Ayudas de desplazamiento para el alumnado universitario empadronado en Mallorca que cursa estudios universitarios en la Unión Europea (UE-27) durante el curso académico 2024-2025
Cofinanciado con el Factor de Insularidad (REIB) (RDL 4/2019)
La Consellería de Educación y Universidades publica en el BOIB núm. 18, de 8 de febrero de 2025, la Resolución del consejero de Educación y Universidades por la cual se convocan ayudas de desplazamiento para el alumnado universitario de las Illes Balears empadronado en Mallorca que cursa estudios universitarios en la Unión Europea durante el curso 2024-2025.
Se recomienda leer atentamente el texto de la convocatoria y la información que se da a continuación antes de hacer la solicitud.
AVISO ! La página web de estas ayudas es un extracto de toda la convocatoria.
Texto de la convocatoria: BOIB núm. 18, de 8 de febrero de 2025.
Acceso al procedimiento publicado en la Sede Electrónica de la CAIB
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Descripción: Ayudas para compensar parte del coste del desplazamiento del alumnado universitario de las Illes Balears empadronado en Mallorca (donde se encuentra su domicilio familiar) que, atendido el hecho insular, se tiene que desplazar y tiene que residir fuera de la isla para cursar estudios universitarios oficiales en cualquier país de la Unión Europea (UE -27), siempre que no pueda hacer los estudios en su isla de residencia, Mallorca, como alumno de la Universitat de las Illes Balears (UIB) o de los centros que están adscritos, bien porque los estudios no se ofrecen en la UIB o bien porque no haya obtenido plaza.
Cuantía de la ayuda: 1.600,00 euros como máximo.
Requisitos: Los solicitantes tienen que cumplir los requisitos generales detallados en el punto 6.1 de la convocatoria y los requisitos específicos de rendimiento académico del curso 2023-2024 establecidos en el punto 6.2 y se tienen que encontrar en alguna de las circunstancias descritas en cada una de las siete categorías establecidas en el punto quinto de la convocatoria.
Beneficiarios: Estudiantes universitarios de las Illes Balears empadronados en Mallorca.
Los estudiantes empadronados en Menorca, Ibiza o Formentera tienen que solicitar las ayudas de desplazamiento en las sedes de los respectivos consejos insulares, Consejo Insular de Menorca, Consejo Insular de Ibiza, y Consejo Insular de Formentera .
El proyecto de ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2025, prevé dotaciones presupuestarias específicas para que los consejos insulares de Menorca, Ibiza y Formentera publiquen las convocatorias de ayudas correspondientes a los estudiantes con domicilio en las mencionadas islas.
Excluidas: Quedan excluidas de la convocatoria las personas que cursan las enseñanzas o estudios siguientes:
Artísticos superiores (estudios de música, de danza y de arte dramático; de conservación y restauración de bienes culturales y de artes plásticas y diseño); superiores religiosos; superiores militares; títulos propios de las universidades; doctorados; estudios de las modalidades a distancia, online o virtual; los estudios específicos y obligatorios de preparación o especialización para el ejercicio profesional que no sean másteres universitarios oficiales, y los estudios en centros adscritos a universidades que no sean de países de la UE-27.
SOLICITUD: La solicitud se tiene que presentar de forma exclusivamente electrónica, junto con la documentación requerida en el punto octavo de la convocatoria.
Se establece la OBLIGATORIEDAD de relacionarse a través de medios electrónicos para cualquier trámite que se tenga que hacer dentro de la convocatoria de subvenciones de Ayudas de desplazamiento universitario para el curso académico 2024-2025.
Cómo acceder al trámite telemático: El acceso al trámite telemático se tiene que hacer mediante identificación y firma electrónica en la Sede Electrónica de la CAIB. Para saber cómo obtener la identificación y firma electrónica podéis clicar en el siguiente PDF ---> Identificación y firma electrónica.pdf
El acceso al trámite telemático se tiene que hacer mediante identificación y firma electrónica.
-----> Acceso directo a la solicitud <-----
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Desde el 3 de marzo hasta el 9 de julio de 2025 a las 13:00 h (ambos incluidos).
NOVEDAD IMPORTANTE !!! El trámite telemático para poder solicitar la ayuda se cerrará a las 13:00 h (hora peninsular y de las Illes Balears) de día 9 de julio de 2025.
Información adicional de las Ayudas de Desplazamiento universitario para el curso 2024-2025:
Compatibilidad: Las ayudas de desplazamiento son incompatibles con las becas o ayudas para finalidades similares (matrícula, residencia y/o desplazamiento) que se puedan recibir de cualquier administración. También son incompatibles con cualquier tipo de ayuda o beca para finalidades similares de entidades públicas o privadas.
Forma de pago: La Consellería de Educación y Universidades abonará a los beneficiarios el importe de la ayuda concedida mediante una transferencia bancaria.
Tenéis problemas con el trámite telemático ? Consultad en el siguiente PDF: Soluciones a los problemas frecuentes de acceso al trámite telemático.
Necesitáis hacer una representación? Consultad en el siguiente PDF: Acreditación de representación.
Calendario de actuaciones:
Presentación de solicitudes:
- Inicio: Desde el 3 de marzo de 2025 a las 00:00 h
- Finalización: Hasta el 9 de julio de 2025 a las 13:00 h
Publicación del informe de subsanación (notificación de posibles faltas de documentación o los defectos de las solicitudes): Entre el 1 y el 5 de septiembre de 2025.
Presentación de subsanaciones: Desde la fecha de publicación del informe de subsanación hasta las 13:00 h del 19 de septiembre de 2025.
Publicación de la resolución de declaración de desistimientos: Entre el 16 y el 31 de octubre de 2025.
Publicación de la propuesta de resolución: Entre el 16 y el 31 de octubre de 2025.
Presentación de alegaciones a la propuesta de resolución: 10 días naturales desde la publicación de la propuesta de resolución.
Renuncia a la ayuda: 10 naturales desde la publicación de la propuesta de resolución.
Publicación de la resolución de concesión o exclusión: Posterior a la revisión de las alegaciones presentadas a la propuesta de resolución.