CUOTA CERO DE AUTÓNOMOS PARA EMPRENDEDORES
Convocatoria de subvenciones destinadas a compensar los gastos de cotización por el inicio de una actividad por cuenta propia de autónomos residentes en las Illes Balears.
 
¿QUÉ ES?
Es una subvención que tiene por objeto compensar los gastos de las cuotas de cotización a la Seguridad Social o a la mutualidad correspondiente de los trabajadores y trabajadoras autónomos por el inicio de una actividad. 

¿QUÉ CANTIDAD SE SUBVENCIONA?

Se subvenciona un máximo de 80€ mensuales por cada uno de los primeros 2 años con cuota reducida (24 mensualidades) y 2 meses del tercer año (50% de la cuota) hasta un máximo de 175€ mensuales.
 
¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLA?
Trabajadores y trabajadoras autónomos residentes en las Illes Balears que inicien una actividad económica y disfruten de la cuota reducida de autónomos. También se incluyen los autónomos del grupo primero de cotización del régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores del mar y las personas trabajadoras que cotizan en una mutualidad del colegio profesional correspondiente. 

¿QUIÉN NO LA PUEDE SOLICITAR?

Los autónomos que tienen la condición de socio trabajador o de trabajo de las sociedades cooperativas o laborales.

¿QUÉ PASA SI YA RECIBÍ LA SUBVENCIÓN EN AÑOS ANTERIORES?

En el caso que se cumplan los requisitos, los autónomos que ya han recibido la subvención en años anteriores 2023, 2024 o 2025, podrán solicitar las cuotas de los meses que no hayan sido subvencionados (hasta llegar a las 36 mensualidades máximas) dentro del periodo subvencionable.

PERIODO SUBVENCIONABLE

Se subvencionan las cuotas desde el 1 de marzo de 2024 hasta el 30 de abril del 2026 (26 mensualidades).
 
REQUISITOS

Desarrollar y mantener la actividad objeto de la subvención, el alta en el RETA o mutualidad del colegio profesional correspondiente y el alta en el Censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, de manera ininterrumpida, durante un mínimo de un año desde el alta en el RETA (la interrupción de la actividad antes de los 12 meses implicará el reintegro de la parte proporcional de la ayuda por el tiempo de interrupción). 
Cumplir los requisitos establecidos por la Seguridad Social para la aplicación de la cuota reducida de cotización de la Seguridad Social, en el caso de personas físicas que cotizan en el RETA o en el grupo primero de cotización del régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores del mar. 
Desarrollar la actividad económica en el territorio de las Illes Balears. 
A diferencia del año pasado, no es necesario estar dado de alta como demandante de empleo para acceder a las ayudas. 
Estar empadronado en alguno de los municipios de las Illes Balears. 
Estar al corriente de pago de sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la comunidad autónoma de las Illes Balears y con la Seguridad Social. 

CALCULADORA AUTÓNOMOS RETA

Hacer click en la calculadora para bajar el archivo Excel.

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CUANTÍA MÁXIMA DE LA AYUDA SEGÚN LA FECHA DE ALTA EN EL RETA 
 

Mes y año de alta en el RETA con tarifa reducida  Cuotas subvencionables  Cuantía máxima de la ayuda 
Marzo 2024 24 cuotas reducidas y 2 del tercer año 2.270 € 
Abril 2024 24 cuotas reducidas y 1 del tercer año  2.095 € 
Mayo 2024 24 cuotas reducidas  1.920 € 
Junio 2024 23 cuotas reducidas  1.840 € 
Julio 2024 22 cuotas reducidas  1.760 € 
Agosto 2024 21 cuotas reducidas  1.680 € 
Septiembre 2024 20 cuotas reducidas  1.600 € 
Octubre 2024 19 cuotas reducidas  1.520 € 
Noviembre 2024 18 cuotas reducidas  1.440 € 
Diciembre 2024 17 cuotas reducidas  1.360 € 
Enero 2025 16 cuotas reducidas  1.280 € 
Febrero 2025 15 cuotas reducidas  1.200 € 
Marzo 2025 14 cuotas reducidas  1.120 € 
Abril 2025 13 cuotas reducidas  1.040 € 
Mayo 2025 12 cuotas reducidas  960 € 
Junio 2025 11 cuotas reducidas  880 € 
Julio 2025 10 cuotas reducidas  800 € 
Agosto 2025 9 cuotas reducidas  720 € 
Septiembre 2025 8 cuotas reducidas  640 € 
Octubre 2025 7 cuotas reducidas  560 € 
Noviembre 2025 6 cuotas reducidas  480 € 
Diciembre 2025 5 cuotas reducidas  400 € 
Enero 2026 4 cuotas reducidas  320 € 
Febrero 2026 3 cuotas reducidas  240 € 
Marzo 2026 2 cuotas reducidas  160 € 
Abril 2026 1 cuota reducida  80 € 

 
TRÁMITE 

Se pueden presentar las solicitudes de esta convocatoria del 10 de mayo al 10 de junio de 2026 (o hasta que se agote el crédito). 

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