Conversión de derechos en autorizaciones de plantación de viñedo

El objeto de este procedimiento es el de poder plantar una superficie de vinyet utilizando derechos de replantación otorgados a lo solicitante con anterioridad al 1 de enero 2016.

Requisitos

Los solicitantes pueden ser personas físicas, jurídicas, agrupaciones o entidades, que disponga de una resolución de reconocimiento de arrebatada a su nombre.

Documentación a presentar:

Documento acreditativo de tener a su disposición la superficie a la cual se solicita la replantación.

Sí el solicitante no té el derecho de propiedad tiene que presentar una autorización del propietario de los terrenos.

Plazo máximo:

3 meses.

Cómo se puede presentar la solicitud?

De acuerdo con lo que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, podéis llevar a cabo este trámite mediante uno de los canales siguientes:

  • Telemáticamente (obligatorio para determinados sujetos*) mediante certificado digital, eDNI o cl@ve permanente.
  • Presencialmente (solo para personas físicas) a oficinas de registro de la Administración.
  • Por correo postal (solo para personas físicas), presentando los documentos en un sobre abierto para registrar la fecha y hora.

*Nota: Los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente tienen que presentar la solicitud en este formato, incluso si lo hacen presencialmente.


CA_Sol·licitud_Conversio_drets_(Annex_VIII).docxModelo de la solicitud (Anexo VIII - Decreto 34/2020)


Normativa aplicable: