Cambio de titularidad de vinyet al Registro Vitícola
El objeto de este procedimiento es cambiar la titularidad de una o varías parcelas vitícolas al Registro Vitícola de las Illes Balears .
Requisitos
El nuevo titular tiene que demostrar la disponibilidad de la superficie de vinyet.
Documentación a presentar:
Documentación acreditativa de estar en disponibilidad de la superficie, ya sea en propiedad o arrendamiento o cualquier otro forma ajustada a derecho, mediante documento liquidado de los correspondientes tributos.
Plazo máximo:
3 meses.
Cómo se puede presentar la solicitud?
De acuerdo con lo que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, podéis llevar a cabo este trámite mediante uno de los canales siguientes:
- Telemáticamente (obligatorio para determinados sujetos*) mediante certificado digital, eDNI o cl@ve permanente.
- Presencialmente (solo para personas físicas) a oficinas de registro de la Administración.
- Por correo postal (solo para personas físicas), presentando los documentos en un sobre abierto para registrar la fecha y hora.
*Nota: Los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente tienen que presentar la solicitud en este formato, incluso si lo hacen presencialmente.
Modelo de la solicitud (Annex X - Decreto 34/2020)
Normativa aplicable:
- Real Decreto 32/2023, de 24 de enero, por el cual se modifica el Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el cual se regula el potencial de producción vitícola.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
- Decreto 34/2020, de 23 de noviembre, por el cual se fijan los principios generales en materia de control del potencial de producción vitícola, del Registro Vitícola y sobre las declaraciones obligatorias en el sector vitivinícola en las Illes Balears y se incluyen las variedades Acicate de gallo, N. Callet negrella, N. y Manco ès de Tibús, N. en la categoría de variedades de uva de vinificación autorizadas en las Illes Balears