Registro de explotaciones ganaderas (REGA)


Introducción

En aplicación del Real Decreto 479/2004, 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro General de Explotaciones Ganaderas, el Decreto 53/2006, de 16 de junio, por el que se regula el Registro General de Explotaciones Agrarias de las Islas Baleares crea, en el capítulo 6, el Registro de Explotaciones Ganaderas de las Islas Baleares.

El citado Real Decreto define las explotaciones de la siguiente forma: cualquier instalación, construcción o, en el caso de la cría al aire libre, cualquier lugar donde se tengan, se críen o se manejen o se expongan al público animales de producción, tal y como se definen en el artículo 3.2 de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal, con o sin fines lucrativos. A estos efectos, se entenderán incluidos los núcleos zoológicos, mataderos y otros lugares en los que se sacrifiquen animales, los centros en los que se lleven a cabo espectáculos taurinos, las instalaciones de los operadores comerciales y los centros de concentración.

El Registro está constituido por los registros correspondientes de los consejos insulares, a los que corresponde su gestión en el ámbito territorial propio, en aplicación del artículo 2.4 de la Ley 8/1999, de 2 de abril, de atribuciones de competencias consejos insulares de Menorca y de Eivissa y Formentera en materia de agricultura, ganadería, pesca y artesanía.

El Registro de Explotaciones Ganaderas de las Islas Baleares tiene carácter público e informativo.

Explotaciones ganaderas sin regulación sectorial


Son las explotaciones que no tienen una normativa específica de registro y por este motivo se inscriben en la sección general del Registro de explotaciones ganaderas de las Illes Balears.


Explotaciones ganaderas con regulación sectorial


Son las explotaciones que tienen una normativa específica de registro y por este motivo se inscriben en secciones específicas del Registro de explotaciones ganaderas de las Illes Balears.

Cómo realizar el trámite


En el caso de querer inscribir su explotación en el REGA, además de la solicitud, deberá rellenar la ficha zootécnica de la especie animal que desee dar de alta. En las diferentes secciones encontrará información sobre los tipos de explotaciones a las que se puede solicitar el alta en el registro.

En la sede electrónica encontrará las solicitudes, fichas zootécnicas y declaraciones de compromiso correspondientes, además de poder acceder a los trámites online.

Enlaces a la sede electrónica

Normativa

Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro General de Explotaciones Ganaderas