Premios extraordinarios de bachillerato

Los Premios Extraordinarios de Bachillerato constituyen el reconocimiento oficial de los méritos de los alumnos que demuestran una preparación de excelencia en este etapa. Este reconocimiento, que consta al  expediente, proporciona la exención de las tasas universitarias para el lo primer curso y permite optar a los Premios Nacionales de Bachillerato que convoca el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. Además, cada alumno premiado recibirá una subvención de 800 euros.

Premios

Se pueden conceder un máximo de seis premios. Para este premios se dispone de una cantidad de 4.800 euros, con cargo de la partida presupuestaria 13901/421B01/48000/00 de los presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears vigentes para el año 2025.

Los alumnos premiados recibirán un importe de 800 €, podrán optar a los Premios Nacionales de Bachillerato y estarán exentos de los precios públicos por servicios académicos en el primer año del estudios superiores en un centro público de las Illes Balears .

Requisitos

Los alumnos que quieran optar a este premios tienen que realizar la prueba establecida en las bases de la convocatoria. Se pueden inscribir los alumnos que cumplan los requisitos siguientes:

a) Haber superado, en el curso académico 2024-2025, los estudios conducentes a la obtención del título de bachiller de cualquier de sus modalidades en centros docentes de las Illes Balears .
b) Haber obtenido una nota mediana normalizada de bachillerato igual o superior a 8,75.
c) Dado que los premios tienen carácter de subvención, no concurrir en ninguno de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario del artículo 10 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.
d) Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social

Tramitación y plazo

Los alumnos que reúnan los requisitos y quieran optar al premio extraordinario de bachillerato en las Illes Balears tendrán que presentar las solicitudes de forma electrónica exclusivamente, junto con la documentación requerida en la base séptima del anexo 1 de la convocatoria, mediante el trámite telemático disponible en el procedimiento publicado a la Sede Electrónica de esa Administración, en conformidad con el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El acceso al trámite se tiene que hacer mediante identificación y firma electrónica.

El plazo para presentar las solicitudes acaba el 3 de junio de 2025.

La presentación de la solicitud de subvención implica autorizar la Administración educativa a obtener, a efectos de conceder la subvención, los datos necesarios para comprobar que el alumno cumple los requisitos establecidos a las bases de la convocatoria y a la normativa aplicable.

Los aspirantes con necesidades específicas de apoyo educativo acreditadas podrán pedir las adaptaciones de acceso a que tengan derecho rellenando el apartado correspondiente del formulario de inscripción. También tendrán que escoger si permiten que la administración educativa consulte de oficio los datos relativos a esa condición o si se oponen a la consulta. En caso de oponerse, tendrán que aportar el informe firmado por el orientador del centro educativo donde cursaron los estudios que acredita esa condición y las adaptaciones de acceso a que tienen derecho.

Para tramitar la solicitud, se tiene que presentar la documentación siguiente:

a) El impreso de solicitud rellenado en el trámite telemático.

b) En el caso de alumnos de centros privados, concertados y no concertados, si los datos académicos no constan a la Plataforma de Gestión Educativa, tendrán que incorporar a la solicitud el certificado académico oficial correspondiente.

c) Una declaración responsable de no concurrir en las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria del artículo 10 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones. Igualmente, la solicitud incluirá una declaración responsable que el solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, en conformidad con el artículo 11.f del Decreto Legislativo mencionado. Ese documento se genera automáticamente una vez hecho el trámite telemático.

d) Una declaración responsable de veracidad de los datos bancarios de la cuenta del cual el alumno es titular o cotitular debidamente rellenada y firmada pelo solicitante. En la declaración hay de figurar una cuenta bancaria del cual la persona premiada sea titular, si esta es mayor de edad, o cotitular junto con el padre, la madre o el/la tutor/a legal, en el caso de ser menor de edad. Ese documento se genera automáticamente una vez hecho el trámite telemático.

e) En el caso de alumnos de centros privados, concertados y no concertados, si las adaptaciones de acceso a la prueba alegadas a la solicitud no constan a la Plataforma de Gestión Educativa, tendrán que incorporar el certificado acreditativo correspondiente.

f) En el caso de presentación de la solicitud en representación de un tercero, acreditación de la representación legal y vigente por la cual actúa la persona que firma la solicitud.

g) Cualquier otro documento que la Administración solicite porque lo considera necesario para verificar el cumplimiento y la efectividad de las condiciones de concesión de la subvención.

Fecha y lugares de la prueba

La fecha de la prueba es el día 17 de junio de 2025.

Los alumnos inscritos quedan convocados a las 8.45 horas del día de la prueba a los lugares siguientes:

a) Alumnos de Ibiza y Formentera : IES Sano Colomina (calle de Vicent Serra  Orvall, s/n, Ibiza ).
b) Alumnas de Mallorca : Edificio Jovellanos de la Universitat de les Illes Balears .
c) Alumnas de Menorca : IES Maria Àngels Cardona (avenida Ronda Baleares , s/n, 07760 Ciutadella ).

Procedimiento y estructura de la prueba

La prueba consta de cuatro ejercicios:

a) Un comentario de texto literario en lengua catalana o lengua castellana.
b) Un comentario de texto de cariz histórico en lengua catalana o lengua castellana.
c) Una materia específica de modalidad de segundo curso de bachillerato.
d) Un análisis de texto en lengua extranjera: inglés, francés o alemán.

Los alumnos no pueden elegir la misma lengua para hacer los ejercicios de los apartados a) y b). La elige de la lengua de cada uno de los ejercicios de los apartados indicados se hace en el formulario de inscripción para hacer la prueba.

El contenido, la duración y la distribución temporal de cada uno de los cuatro ejercicios son los que se especifican en el anexo 3.

Los alumnos tienen que presentar el DNI, el NIE o el pasaporte antes de empezar la prueba, para identificarse.

Una vez se ha iniciado un ejercicio, no se permitirá que entre ningún alumno si un otro examinando ya ha abandonado la prueba.

Los ejercicios se tienen que escribir con bolígrafo o pluma de color azul o negro. No se pueden emplear elementos de consulta (libros, apuntes, diccionarios, móviles) en ninguno de los ejercicios, sacado de diccionario en el correspondiente a la materia de latín y la calculadora no programable en algún ejercicio solo si el tribunal lo permite.

Documentación
PDF Resolución del consejero de Educación y Universidades por la cual se convocan los Premios Extraordinarios de Bachillerato en las Illes Balears correspondientes al curso 2024-2025
desc_ICONA_INTERNET.png Acceso al trámite telemático
PDF Declaración de veracidad de los datos bancarios (para adjuntar a la solicitud)