Consejo de Cooperación de las Illes Balears

Nombramiento de vocalías

El Consejo de Cooperación de las Illes Balears es el órgano colegiado consultivo y de participación en la definición y aplicación de las políticas de cooperación para la transformación global en el ámbito de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

Está compuesto por los principales actores de la cooperación para la transformación global de las Illes Balears y adscrito a la Consejería de Familias y Asuntos Sociales. El Decreto 46/2024 de 8 de noviembre del Consejo de Cooperación de las Illes Balears regula la naturaleza, funciones, composición y funcionamiento.

Hay un total de doce personas en representación de las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo que estén constituidas legalmente e inscritas en el Registro de ONGD de las Islas Baleares:

- Seis personas propuestas por las entidades con sede en Mallorca.
- Tres personas propuestas por las entidades con sede en Menorca.
- Tres personas propuestas por las entidades con sede en las Pitiusas.

El número de representantes las organizaciones sindicales previstos será de dos.

Las funciones y el funcionamiento de las vocalías las encontrará indicadas en el Decreto 46/2024 de 8 de noviembre.

NOMBRAMIENTOS