TIPOS DE PLANES


PLANES TERRITORIALES

Los Planes territoriales constituyen los instrumentos superiores de planificación de protección civil en el territorio de una Comunidad Autónoma, Ciudad dotada de Estatuto de Autonomía o entidad local, integrándose en los mismos los planes especiales de su ámbito territorial.

Los Planes territoriales establecerán el marco organizativo general, en relación con su correspondiente ámbito territorial, de forma que permita la integración de los Planes de ámbito inferior, así como su propia integración en el Plan de ámbito superior correspondiente.

PLANES ESPECIALES

Los planes especiales son los elaborados en cada ámbito territorial para establecer las medidas específicas para cada riesgo de los incluidos en el catálogo descrito en el anexo, la naturaleza del cual requiera una metodología técnico-científica propia, de acuerdo con, la respectiva Directriz Básica de Planificación.

Los planes especiales podrán ser estatales o autonómicos.

RIESGOS OBJECTO DE PLANIFICACIÓN

El catálogo de riesgos que deban ser objeto de planificación contiene los que, por su frecuencia, duración, ámbito territorial e impacto en la población y en sus bienes, en los animales, en el medio ambiente o en el patrimonio histórico artístico y cultural, deban ser objeto de planes de protección civil, previa aprobación, en su caso, de la correspondiente Directriz Básica de Planificación.

  1. Inundaciones.
  2. Terremotos.
  3. Maremotos.
  4. Riesgos volcánicos.
  5. Fenómenos meteorológicos adversos.
  6. Incendios forestales.
  7. Accidentes en instalaciones o procesos en los que se utilicen o almacenen sustancias químicas, biológicas, nucleares o radiactivas.
  8. Accidentes de aviación civil.
  9. Accidentes en el transporte de mercancías peligrosas.
  10. Riesgo bélico.