desc_7_punt.pngCuerpo de abogacía. Lista de aprobados y plazo para elegir puesto y presentar documentación.

En el BOIB núm. 99 de 11 de agosto de 2018 se publica la Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 7 de agosto de 2018 por la que se ordena la publicación de la lista de personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, en el cuerpo de abogacía de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Puedes consultar la mencionada resolución en este enlace.

También se hace pública la lista de puestos vacantes que se ofrecen a efectos de la adjudicación (anexo II).

Las personas seleccionadas disponen de un plazo de veinte días naturales (desde el 12 de agosto hasta el 31 de agosto de 2018) para presentar, en el Registro General de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP), en el de la consejería competente en materia de función pública o en cualquier otra de las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los documentos siguientes:

a) Una fotocopia compulsada del título académico exigido en cada convocatoria o certificación académica que acredite haber superado todos los estudios para obtener el título.

b) Una fotocopia compulsada del certificado acreditativo de los conocimientos de lengua catalana.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separados mediante un expediente disciplinario del servicio de ninguna administración pública, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitados de forma absoluta o especial para empleos o cargos públicos por una resolución judicial para acceder al cuerpo o escala del funcionariado del que hubieran sido separados o inhabilitados.

Se adjunta modelo con la Resolución (anexo III).

d) Un certificado médico, en modelo oficial, acreditativo de tener las capacidades y las aptitudes necesarias para el ejercicio de las funciones del cuerpo, escala o especialidad cuando se trate de personal funcionario de nuevo ingreso.

e) Escrito en que se eligen, de mayor a menor interés, los puestos de trabajo ofrecidos. La solicitud debe incluir la totalidad de los puestos (anexo IV).

Si la persona seleccionada no presenta la documentación dentro del plazo fijado, salvo casos de fuerza mayor, que deben ser debidamente constatados y, en su caso, apreciados por la Administración mediante una resolución motivada, o si al examinar la documentación se deduce que falta alguno de los requisitos exigidos, la persona interesada no puede ser nombrada funcionaria y quedan anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que haya incurrido por falsedad en la solicitud inicial.