Historia de la OBIA
En el año 1997, La Oficina de Defensa de los Derechos del Menor (ODDM), hoy Oficina Balear de la Infancia y la Adolescencia (OBIA), fue creada mediante el Decreto 16/1997, de 30 de enero (BOCAIB núm. 21, de 18 de febrero) para promover y defender los derechos de las personas menores de edad en las Islas Baleares.
La Oficina empezó a funcionar el 19 de febrero de 1997 como un servicio administrativo dependiente directamente del consejero de Función Pública e Interior. La Oficina nació para intentar desplegar la Convención de los Derechos del Niño de 1989, con el fin de reforzar e impulsar los mecanismos de control establecidos por los poderes públicos para defender correctamente los derechos de las personas menores de edad en las Islas Baleares.
En la sesión del 11 de septiembre de 1998 , el Consejo de Gobierno cambió la naturaleza puramente administrativa de la Oficina, de forma que se constituyera en un verdadero órgano administrativo con entidad propia y fuera una unidad diferenciada dentro del organigrama de la Consejería de Función Pública e Interior, al frente de la cual hay un director que está asimilado a la condición de alto cargo con rango de director general de la Administración de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares.
Así mismo, en 2000, el Consejo de Gobierno, en la sesión de 25 de febrero, acordó integrar la Oficina dentro de la consejería que tuviera atribuidas las competencias en materia de bienestar social. El cambio de ubicación sirvió porque el Gobierno reflexionara sobre la autonomía de la Oficina. Así, con la Orden del presidente de las Islas Baleares de 16 de marzo de 2000 se remarcó la autonomía funcional y de gestión de la Oficina como órgano de naturaleza administrativa destinado a la defensa de los derechos de las personas menores de edad. El primer paso fue encontrar un local en Palma para ubicarla fuera de cualquier otra dirección general, para un mejor funcionamiento como órgano para garantizar el cumplimiento de sus competencias.
El Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, en la sesión de 4 de junio de 2002 —según un informe presentado por España— reconoció con satisfacción que algunas comunidades autónomas crearan las instituciones o servicios dedicados específicamente a la infancia, como por ejemplo la Oficina en las Islas Baleares.
A partir de febrero de 2003 , en una ampliación de funciones, se atribuyó a la Oficina la coordinación y la Secretaría del Consejo de Infancia y Familia de las Islas Baleares y, más adelante, el noviembre de 2013, la del Observatorio de la Infancia y la Adolescencia de las Islas Baleares, en ambos casos hasta la modificación de estos órganos colegiados el junio de 2017.
El julio de 2003 , a raíz del cambio de gobierno en las Islas Baleares, la Oficina mantuvo la misma estructura interna, si bien como una dirección general más de la estructura de la Administración, y pasó a formar parte de la Consejería de Presidencia y Deportes, a la cual se atribuyeron las competencias en bienestar social. En esta fase, además, la Oficina colaboró formando parte de los plenos de varios órganos de la Administración autonómica, como por ejemplo el Observatorio de la Convivencia Escolar en los Centros Educativos y el Observatorio Permanente de Apoyo a la Familia de las Islas Baleares.
El año 2005 la Oficina se integró en el consorcio Red Segura Islas Baleares, con el fin de contribuir a la tarea divulgativa en materia de un uso responsable de las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones. Y, posteriormente, desde el año 2008, se remarcó esta tarea de la Oficina como Observatorio de Internet.
A finales de 2006 , el Parlamento de las Islas Baleares aprobó la Ley 17/2006, de 13 de noviembre, integral de la atención y de los derechos de la infancia y la adolescencia de las Islas Baleares. Esta Ley pretende ser una norma de carácter integral para regular los derechos y las obligaciones de las personas menores de edad y los mecanismos de actuación de los poderes públicos hacia estos.
Precisamente, el julio de 2007 y atendido la disposición transitoria primera de la ley mencionada, la Oficina volvió a sus orígenes, de tal manera que, de acuerdo con el que dispone el decreto que la creó y sus modificaciones, disfruta de naturaleza autónoma, y se configura como un órgano administrativo con entidad propia. La Oficina se integró administrativamente en la Consejería de Asuntos Sociales, Promoción e Inmigración, a pesar de que con la independencia suficiente y con unas competencias parecidas por extensas e intensas a los comisionados parlamentarios. Así, la Oficina dispone, por todo ello, en aquellas materias relacionadas con los derechos de las personas menores de edad, de una visión global, puesto que supervisa la actuación de los departamentos del ejecutivo autonómico y del resto de administraciones públicas.
Hay que destacar que, en materia de protección y defensa de los derechos fundamentales y de las libertades públicas de la ciudadanía, así como el control ordinario de la Administración de la Comunitat Autónoma, el Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares de 1983 —reformado en 2007— dispuso que el Parlamento, mediante ley, crearía la Institución de la Sindicatura de Agravios, cosa que hizo con la Ley 1/1993, de 10 de marzo; si bien, a estas alturas, tres décadas después, todavía no se ha implementado. Aún así, con la elaboración de la Ley 17/2006, de 13 de noviembre, ya mencionada, y la posterior Ley 19/2019, de 19 de febrero, de la atención y los derechos de la infancia y la adolescencia de las Islas Baleares, que derogó el anterior, se estableció un título específico sobre ‘Organización Institucional y Administrativa’, donde se recoge la naturaleza jurídica de la Oficina y dónde destaca, precisamente, la institución de la Sindicatura de Agravios, en el seno de la cual se puede nombrar la figura de un defensor o defensora de la infancia y la adolescencia como adjunto a la institución, el cual una vez nombrado asumirá las funciones de la Oficina, cosa que, hay que recordar, sólo podrá hacerse efectiva cuando se nombre el síndico o síndica de Agravios de nuestra comunidad autónoma.
El año 2010, la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información del Gobierno del Estado, atribuyó el número telefónico armonizado europeo 116 111 al servicio de la ‘Línea de atención al niño y el adolescente’, por lo cual y dado que la Oficina es la encargada de procurar los mecanismos de control adecuados para asegurar el cumplimiento de todo el que afecta los derechos de las personas menores de edad residentes en las Islas Baleares y, también, del las que se encuentran fuera de este territorio, encomendó la gestión de este número telefónico a la Fundación IR, entidad elegida por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para gestionar las llamadas a través de su centro de atención telefónica, la cual cuál cumple con todos los requisitos que prevé la Comisión Europea, recurso que se puso en marcha el enero del año 2013 y que de entonces acá atiende los niños y adolescentes de toda la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares.
El noviembre de 2013 se firmó el llamado ‘Pacto Balear por la Infancia’, un compromiso de los partidos políticos con representación parlamentaria, UNICEF Comité de Baleares y la Oficina. Posteriormente, el noviembre de 2015 , una vez revisado, se aprobó el Reglamento de la Comisión de Seguimiento del Pacto Balear por la Infancia, el objetivo de la cual es esdevenir un órgano de participación mediante el cual se quiere promover más operatividad de funcionamiento en el cumplimiento de los compromisos adquiridos y firmados el noviembre de 2013, por lo cual se formó un grupo de trabajo para establecer una línea de seguimiento de los indicadores relacionados con la infancia en las Islas Baleares. Actualmente, la Comisión de Seguimiento del Pacto por la Infancia está formada por un representante de casi todos los grupos parlamentarios firmantes del Pacto, UNICEF Comité de Baleares y la Oficina.
El año 2018, la Oficina junto con UNICEF Comité de Baleares, impulsó la firma del Pacto Balear por la Infancia a los grupos representantes en los cabildos de las Islas Baleares, la adhesión de los cuales se formalizó con la firma de un documento específico según las competencias de los consejos en la materia.
Precisamente, el 28 de mayo de 2019 , con la entrada en vigor de la ley antes indicada, la Oficina de Defensa de los Derechos del Menor (ODDM) cambia de denominación oficial y pasa a decirse Oficina Balear de la Infancia y la Adolescencia (OBIA). Se trata de un cambio que afecta exclusivamente la denominación oficial de este órgano y no sus funciones, estructura ni competencias.
Esta modificación responde a una adaptación generalizada en el ámbito legislativo y profesional, tanto estatal como internacional, para sustituir el término menor o menores por infancia y adolescencia, e identificar así dos etapas diferenciadas en este periodo evolutivo, la infancia (0-12 años) y la adolescencia (13-18 años), con realidades y necesidades propias y que también responde a la entrada en vigor de la Ley 9/2019, de 19 de febrero, de la atención y los derechos de la infancia y la adolescencia de las Islas Baleares, que dispone la modificación de la denominación de este órgano.
El año 2022, la Oficina Balear de la Infancia y la Adolescencia (OBIA) cumplió 25 años y, precisamente, sus funciones, estructura y competencias se han visto apoyadas por los varios decretos que se han sucedido durante los cambios de gobierno en el establecimiento de las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares, con la finalidad primordial de la defensa y promoción de los derechos de las personas menores de edad, así como la gestión de las quejas y denuncias sobre situaciones de amenaza y de vulneración de derechos.
Actualmente, el OBIA se integra en la Consejería de Familias y Asuntos Sociales, y se encuentra ubicada en la Calle Jeroni Pou, 2, 2n C, de Palma .