Asociaciones de estudiantes

¿Qué es una asociación de estudiantes?

Es una asociación formada por alumnado de centros públicos, concertados o privados que imparten enseñanzas de educación secundaria, de bachillerato, de formación profesional, de enseñanzas artísticas, de música y danza, de idiomas y de educación de personas adultas, de nivel no universitario.

¿Cuántas asociaciones se pueden constituir?

En cada centro docente se podrán constituir todas las asociaciones de estudiantes que sean promovidas por su alumnado.
Podrán ser miembros de las asociaciones de estudiantes quienes estén cursando estudios en los centros educativos.

¿Por què una asociación de estudiantes?

Mediante una asociación los estudiantes pueden:

a) Expresar la opinión del alumnado en todo aquello que afecta su situación en los centros.
b) Colaborar en la tarea educativa de los centros y en las actividades complementarias y extraescolares.
c) Promover la participación del alumnado en los órganos colegiados del centro.
d) Realizar actividades culturales, deportivas y de fomento de la acción cooperativa y de trabajo en equipo.

¿Qué derechos tiene una asociación de estudiantes?

a)Presentar candidaturas diferenciadas para las elecciones de representantes del alumnado en el consejo escolar del centro. 
b) Participar, a través de sus representantes, en el consejo escolar del centro.
c) Participar en la elaboración y revisión del proyecto educativo del centro.
d) Ser informados de todos los programas y actuaciones que se llevan a cabo en el centro y elaborar informes con el fin de mejorar aspectos concretos de l'activitat del centro.
e) Utilizar las instalaciones del centro para las actividades internas de la asociación, siempre que no interfieran en el desarrollo de la actividad docente y disponer de un espacio claramente diferenciado para sus reuniones, si los medios materiales del centro lo permiten.
f) Presentar y desarrollar proyectos de actividades extraescolares.
g) Colaborar en la resolución de conflictos que se puedan generar en el centro.
h) Crear espacios de información para el alumnado.

¿Cómo se constituyen?

Las asociaciones se constituyen mediante acuerdo de tres o más personas físicas o jurídicas legalmente constituidas, que se comprometen a poner en común conocimientos, medios y actividades para conseguir unas finalidades lícitas, comunes, de interés general o particular. Además, deben establecerse los estatutos que regirán el funcionamiento de la asociación.

El acuerdo de constitución, que incluye la aprobación de los estatutos, debe formalizarse mediante acta fundacional.

¿Las asociaciones de estudiantes pueden usar las instalaciones del centro?

Sí, siempre para la realización de las actividades que le son propias.

La dirección de los centros educativos, en la medida en que lo permitan los medios materiales de que se dispongan, facilitará el uso de un espacio.

Los responsables de estas asociaciones solicitarán el uso de la instalación y los materiales que precisen con tiempo suficiente a la fecha en que realizarán la actividad.

Los gastos extraordinarios de la actividad realizada serán asumidos por la asociación.

¿Dónde se tiene que registrar?

Una vez constituida la asociación, hay que registrarla en el Registro de Asociaciones de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, así como se establece en el RD 949/2015, de 23 de octubre, por el cual se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones.


Además, para poder obtener subvenciones, necesariamente, se tendrán que inscribir en el Censo de asociaciones de alumnos, de la Consejería de Educación y Universidades. Esta inscripción es gratuita.