Propuesta de asignación de recursos de direccionamiento IPv6 a las administraciones públicas de las Illes Balears
El punto octavo del Acuerdo de Consejo de Ministros de 29 de abril de 2011, por el que se aprueba el Plan de fomento para la incorporación del protocolo IPv6 en España, establece entre otras medidas el impulso de la incorporación del protocolo IPv6 en las Administraciones públicas. En el marco de actuaciones previsto se ha definido por parte de la Secretaria general de Administración digital, dependiente del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, la asignación de recursos IPv6 a las administraciones públicas incluidas en la Red SARA.
Por parte del ministerio competente se ha solicitado un rango /24 para todas las administraciones públicas del Estado. Para el caso de la comunidad autónoma de las Illes Balears se ha previsto una asignación de un rango /32, y aunque no está definido el prefijo podemos indicarlo como el rango 2001:XXXX /32(1)(2).
El Servicio de Telecomunicaciones de las Illes Balears, es el encargado de la distribución de este rango para todas las administraciones autonómicas y locales de las Illes Balears. La propuesta de reparto de este rango de direcciones se desglosa en el Anexo I(3).
Cada administración pública deberá distribuir, dentro del rango que le ha sido asignado, los recursos IPv6 entre los entes públicos dependientes de él. Esta propuesta de direccionamiento permitirá que cada entidad tenga las suficientes direcciones para sus necesidades y, al mismo tiempo, una gran facilidad para interconectarse mediante la red SARA.
Las alegaciones a la presente propuesta pueden remitirse al Servicio de Telecomunicaciones del Govern de les Illes Balears, mediante correo electrónico a telecomunicacions@caib.es, o al C/ de Sant Pere, 7 - 07012 Palma.
(1) de los 128 bits que forman una dirección IPv6 se han fijado los 32 primeros;
(2) XXXX: cifra hexadecimal asignada a las administraciones públicas de la Comunidad autónoma de las Illes Balears. A definir por el Ministerio de Política Territorial y Función Pública.
(3) Para el reparto de recursos IPv6 entre las distintas administraciones se han tomado como referencia las recomendaciones del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, aunque se han aumentado los rangos para los Consejos Insulares dada su mayor competencia respecto a las Diputaciones Provinciales y también se ha aumentado el rango de los ayuntamientos más pequeños, ya que inicialmente solo ser permitía un direccionamiento para cuatro edificios con un rango /46, y se ha aumentado hasta un /42.
Análisis de necesidades de direccionamiento.odt
Análisis de necesidades de direccionamiento.doc