Procedimiento extraordinario de reconocimiento y transferencia de créditos

2025

Convocatoria para que los alumnos de las enseñanzas artísticas superiores puedan solicitar el reconocimiento y la transferencia de créditos obtenidos en estudios en el ámbito de la Educación Superior y en otras situaciones, de forma excepcional en 2025

La Consejería de Educación y Universidades ha publicado en el BOIB nº 19 de 11 de febrero de 2025 la Resolución del director general de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores por la cual se convoca un procedimiento extraordinario de reconocimiento y transferencia de créditos para los alumnos de las enseñanzas artísticas superiores en las Illes Balears.

OBJETO

Llevar a cabo un procedimiento extraordinario de reconocimiento y transferencia de créditos para los alumnos que cursan las enseñanzas artísticas superiores en las Islas Baleares durante el curso académico 2024-2025.

RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS POR PARTE DEL CENTRO DOCENTE

El centro docente en el que el alumno está matriculado puede resolver el reconocimiento y/o la transferencia de créditos en los casos siguientes:

a) Traslado de expediente entre comunidades autónomas para continuar los mismos estudios. De acuerdo con el artículo 10.1.b) de los reales decretos 630/2010, 631/2010 y 633/2010, en ese caso se reconocerá la totalidad de los créditos obtenidos.

b) Acceso a una nueva especialidad del mismo título. De acuerdo con el artículo 10.1.c) de los reales decretos 630/2010, 631/2010 y 633/2010, de 14 de mayo, en ese caso se reconocerá la totalidad de los créditos obtenidos correspondientes a las materias de formación básica.

c) Créditos procedentes de las enseñanzas reflejadas en las respectivas tablas de reconocimiento o de reconocimiento y transferencia de créditos establecidas en el anexo IV del Decreto 43/2013, de 6 de septiembre; en el anexo 4 del Decreto 26/2014, de 13 de junio y en el anexo 4 del Decreto 4/2017, de 13 de enero.

d) Experiencia laboral, profesional y/o empresarial acreditada de acuerdo con lo que disponen los decretos que establecen los planes de estudios de las enseñanzas artísticas superiores y la Orden del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 11 noviembre de 2019.

e) Hasta un máximo de 6 créditos por la participación en actividades artísticas, culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias, de cooperación y de colaboración con el centro o por premios por haber participado en concursos. En el caso del ESADIB, de acuerdo con el artículo 10.5 del Decreto 26/2014, ese reconocimiento lo tiene que resolver el centro.

RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS POR PARTE DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE UNIVERSIDADES, INVESTIGACIÓN Y ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES

 El director general de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores ha de resolver las solicitudes de reconocimiento de estudios en las situaciones administrativas que no pueda resolver el centro educativo.

SOLICITUD POR PARTE DE LOS ALUMNOS

Plazo de presentación de solicitudes: Desde el 10 hasta el 21 de febrero de 2024 (ambos incluidos)

Forma de presentación: Entrega, de forma presencial o telemática, de la solicitud cumplimentada en el centro en que el alumno está matriculado.

Documentación para adjuntar a la solicitud: Se debe adjuntar a la solicitud la documentación que figura en el modelo de solicitud i el plan, el programa o la guía docente de los estudios de educación superior que contienen los créditos para los cuales solicita el reconocimiento y transferencia.

Para acceder al modelo de solicitud, clique aquí