Procedimientos ordinario y extraordinario de reconocimiento y transferencia de créditos para el curso 2025-2026

RTC

Convocatorias para que los alumnos de las enseñanzas artísticas superiores puedan solicitar el reconocimiento y la transferencia de créditos obtenidos en estudios en el ámbito de la Educación Superior y en otras situaciones durante el curso 2025-2026

El reconocimiento y transferencia de los créditos correspondientes a estudios superiores cursados con anterioridad o el reconocimiento de la experiencia laboral, profesional y/o empresarial debidamente acreditada permite hacer efectiva la movilidad de los estudiantes, tanto en el territorio nacional como en el Espacio Europeo de Educación Superior.

Para que los alumnos que cursan estudios artistics superiores en las Illes Balears durante el curso 2025-2026 puedan pedir el reconocimiento y la transferencia de los créditos mencionados se ha dictado la Resolución del director general de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores por la cual se convoca el procedimiento de reconocimiento y transferencia de créditos para los alumnos de las enseñanzas artísticas superiores en las Illes Balears para el curso 2025-2026.

OBJETO


Llevar a cabo un procedimiento extraordinario de reconocimiento y transferencia de créditos para los alumnos que cursan las enseñanzas artísticas superiores en las Illes Balears durante el curso académico 2025-2026.

RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS PER PARTE DEL CENTRO DOCENTE

El centro docente puede resolver el reconocimiento y/o la transferencia de créditos en los casos siguientes:

a) Traslado de expediente entre comunidades autónomas para continuar los mismos  estudios. De acuerdo con el artículo 10.1.b) de los Reales Decretos 630/2010, 631/2010 y 633/2010, de 14 de mayo, en ese caso, se reconocerá la totalidad de los créditos obtenidos.

b) Acceso a una nueva especialidad del mismo título. De acuerdo con el artículo 10.1.c) de los Reales Decretos 630/2010, 631/2010 y 633/2010, de 14 de mayo, en ese caso, se reconocerá la totalidad de los créditos obtenidos correspondientes a las materias de formación básica.

c) Créditos procedentes de las enseñanzas reflejadas en las respectivas tablas de reconocimiento o de reconocimiento y transferencia de créditos establecidas en el anexo IV del Decreto 43/2013, de 6 de septiembre; en el anexo 4 del Decreto 26/2014, de 13 de junio y en el anexo 4 del Decreto 4/2017, de 13 de enero.

d) Experiencia laboral, profesional y/o empresarial acreditada de acuerdo con lo que disponen los decretos que establecen los planes de estudios de las enseñanzas artísticas superiores y la Orden del consejero de Educación, Universidad e investigación del 11 noviembre de 2019.

e) De acuerdo con los Reales Decretos 630/2010, 631/2010 y 633/2010, de 14 de mayo, hasta un máximo de 6 créditos por la participación en actividades artísticas, culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias, de cooperación y de colaboración con el centro o por premios por haber participado en concursos.

En caso de que las actividades a que se refiere el apartado e) se desarrollen en colaboración con otras organizaciones, para esa colaboración académica, científica, técnica y/o cultural se tiene que subscribir un convenio de acuerdo con el anexo 6 de la Resolución del consejero de Educación y Universidades por la cual se dictan las instrucciones académicas, de organización y de funcionamiento correspondientes a las enseñanzas artísticas superiores para el curso académico 2024-2025 (BOIB n.º 150, de 16 de noviembre de 2024).

RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS PER PARTE DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE UNIVERSIDADES, INVESTIGACIÓN Y ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES


El director general de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores resolverá las solicitudes de reconocimiento de estudios en las situaciones administrativas que no puede resolver el centro educativo.

SOLICITUD PER PARTE DE LOS ALUMNOS


Plazo de presentación de solicitudes en el periodo ordinario: Desde el inicio del periodo de matrícula hasta el 30 de septiembre de 2025, ambos incluidos.

Plazo de presentación de solicitudes en el periodo extraordinario: hasta el 28 de noviembre de 2025 para el reconocimiento de créditos de materias y asignaturas del primer semestre del curso y hasta el 30 de abril de 2026 para el reconocimiento de créditos de materias y asignaturas del segundo semestre del curso.

Forma de presentación: Entrega de la solicitud rellenada al centro en que el alumno está matriculado.

Documentación a adjuntar a la solicitud: A la solicitud se tiene que adjuntar toda la documentación que figura en el modelo de solicitud y el plan, el programa o la guía docente de los estudios de educación superior que contienen los créditos para los cuales pide el reconocimiento y transferencia.

Para acceder al modelo de solicitud, clicáis aquí