Servicio de Depositaría de la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio
El Servicio de Depositaría es el órgano administrativo que asume las funciones de registro y custodia de las garantías y los depósitos constituidos a favor de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y de sus entes del sector público, de acuerdo con lo establecido por el Decreto 13/2019, de 7 de marzo, sobre el régimen jurídico de las garantías y depósitos custodiados por la Depositaría de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Este servicio garantiza una gestión eficiente y transparente, y asegura el cumplimiento de los principios de seguridad jurídica y eficacia en la tramitación administrativa.
Objeto de las garantías
Las garantías registradas en la Depositaría responden del cumplimiento de las obligaciones establecidas por las normas en virtud de las cuales se constituyen, tales como:
- contratos públicos
- operaciones que requieren la retención de valores por parte de la Administración para el cumplimiento de obligaciones
- aplazamientos o fraccionamientos de pagos por deudas no tributarias, y
- anticipos de subvenciones.
Las garantías responden tanto de la obligación principal como de las accesorias, como recargos e intereses de demora.
La Depositaría registra, custodia y tramita la devolución o ejecución de las garantías que se constituyen ante:
- Consejerías de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears [1]
- los entes del sector público que tienen la consideración de administración pública [2]
- Las subunidades del IBSALUT, Servicio de Salud de las Illes Balears, incluido
- GSAIB, Gestión Sanitaria y Asistencial de las Illes Balears.
- Abaqua, Agencia Balear del Agua y de la Calidad Ambiental
- ADR Balears, Agencia de Desarrollo Regional de las Illes Balears.
- AETIB, Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears.
- COFIB, Consorcio para la Recuperación de la Fauna de las Illes Balears
- Consorcio de Aguas de las Illes Balears
- Consorcio de Infraestructuras de las Illes Balears
- Consorcio de Recursos Sociosanitarios y Asistenciales de las Illes Balears.
- Consorcio para Palmanyola
- CTM, Consorcio de Transportes de Mallorca.
- EHIB, Consorcio Escuela de Hostelería de las Illes Balears.
- EPRTIB (IB3), Ente Público de Radiotelevisión de las Illes Balears
- FOGAIBA, Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears, excepto las subvenciones con fondos FEAGA o FEADER
- Ibanat, Instituto Balear de la Naturaleza
- Ibavi, Instituto Balear de la Vivienda, excepto las garantías de alquiler.
- IBDigital, Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones
- IBE, Instituto Balear de la Energía
- Ibisec, Instituto Balear de Infraestructuras y Servicios Educativos y Culturales
- IBjove, Instituto Balear de la Juventud.
- ICIB, Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears
- ICGIB, Instituto Cartográfico y Geográfico de las Illes Balears.
- IRFAP, Instituto de Investigación y Formación Agroalimentaria y Pesquera de las Illes Balears
- SFM, Servicios Ferroviarios de Mallorca.
- Garantías constituidas ante entes hoy extinguidos para atender obligaciones aún vigentes.
La Depositaría NO custodia las garantías para las siguientes entidades:
- ATIB, Agencia Tributaria de las Illes Balears,
- las que se aportan en procedimientos de tramitación tributaria.
- en el caso de deudas de derecho público no tributarias en período ejecutivo, integrantes de la hacienda pública de la CAIB:
- garantías aportadas en procedimientos de aplazamiento o fraccionamiento.
- garantías constituidas para suspender la ejecución.
- UIB, Universidad de las Illes Balears (UIB)
- fundaciones y consorcios vinculados a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears no incluidos en la relación anterior.
- Consejo Insular de Mallorca conselldemallorca.cat Tel. 971 21 99 99.
- Consejo Insular de Menorca cime.cat Tel. 971 35 60 50.
- Consejo Insular de Eivissa conselldeivissa.es. Tel. 971 19 59 00
- Consejo Insular de Formentera. consellinsulardeformentera.es
- ayuntamientos y empresas públicas municipales
- mancomunidades municipales.
- Administración General del Estado y los entes que dependen de ella.
Tipos de garantía y depósito
- Dinero en efectivo
- Aval prestado por una entidad de crédito o una sociedad de garantía recíproca.
- Seguro de caución prestado por una entidad aseguradora.
- Retenciones en el precio en el caso de contratos públicos.
- Valores de deuda pública emitidos por el Estado o por las comunidades autónomas.
- Hipoteca, tanto inmobiliaria como mobiliaria, o aval personal, solo en los procedimientos de aplazamiento, fraccionamiento o de suspensión de la ejecución de deudas.
Los depósitos deben constituirse en dinero en efectivo.
Cómo constituir una garantía
Aval
Si está interesado en presentar una garantía mediante aval prestado por una entidad de crédito o una sociedad de garantía recíproca:
- Descargue el modelo de aval en función de la obligación garantizada en el apartado Modelos de aval, y remítalo a la entidad avalista para que lo complete y lo firme.
El avalista debe ser una entidad de crédito o una sociedad de garantía recíproca.
- Los datos que deben consignarse en el aval figuran en la notificación remitida por el órgano gestor que requiere la garantía. Si no dispone de esta información, debe ponerse en contacto con dicho órgano.
Opcionalmente, puede remitir el borrador del aval al órgano gestor para que compruebe su corrección.
- La entidad avalista completa y firma el aval. Puede utilizar su logotipo corporativo en la confección del aval, pero debe respetar en todo caso el contenido de los modelos publicados en esta página web para su posterior validación por la Depositaría.
Solo se admiten avales en formato digital [1] . Las personas apoderadas de la entidad avalista deben firmar electrónicamente el aval con un certificado digital válido. Sus poderes deben estar validados ante la Abogacía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
- La persona solicitante envía por correo electrónico a dipositaria@caib.es el aval en formato digital, sin alteraciones.
En el caso de personas físicas, de forma opcional, puede descargar el modelo de solicitud de registro para presentarlo en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local, o en cualquier oficina de Correos. Puede consultar aquí las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica.
- El aval debe ajustarse a los modelos aprobados que pueden descargarse en el apartado Garantía mediante aval de esta web. La Depositaría comprueba el cumplimiento de los requisitos formales establecidos en el Decreto 13/2019, de 7 de marzo, sobre el régimen jurídico de las garantías y depósitos custodiados por la Depositaría de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
- La Depositaría comprueba la firma de las personas apoderadas firmantes del aval y lo remite de oficio a la Abogacía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para su validación.
- Una vez validado el aval, la Depositaría lo registra y emite digitalmente 2 copias del resguardo de registro en el modelo 802.
- Resguardo para la persona interesada, que debe conservar hasta el momento en que solicite la devolución de la garantía.
- Resguardo para la Administración, para presentar ante el órgano gestor que ha requerido la constitución de la garantía.
Los resguardos se envían a la carpeta ciudadana de la CAIB del depositante y, en su caso, de su representante.
- Presente el resguardo para la Administración ante el órgano gestor. En caso de conformidad, validará la garantía.
La constitución de avales se realiza de forma telemática. Excepcionalmente, se permite la constitución de forma presencial para personas físicas con cita previa.
[1] Artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas
Seguro de caución
Si está interesado en presentar una garantía mediante seguro de caución prestado por una entidad aseguradora:
- Descargue el modelo de seguro de caución en función de la obligación garantizada en el apartado Garantía mediante seguro de caución de esta web, dipositaria.caib.es, y remítalo a la entidad aseguradora para que lo complete y lo firme.
La entidad garante del seguro de caución debe ser una entidad aseguradora autorizada.
- Los datos que deben consignarse en el seguro de caución figuran en la notificación remitida por el órgano gestor que requiere la garantía. Si no dispone de esta información, debe ponerse en contacto con dicho órgano.
Opcionalmente, puede remitir el borrador del seguro de caución al órgano gestor para que compruebe su corrección.
- La entidad aseguradora completa y firma la garantía. Puede utilizar su logotipo corporativo en la confección del documento, pero debe respetar en todo caso el contenido de los modelos publicados en esta página web para su posterior validación por la Depositaría.
Solo se admiten seguros de caución en formato digital [1] . Las personas apoderadas de la entidad aseguradora deben firmar electrónicamente el documento de seguro de caución con un certificado digital válido. Sus poderes deben estar validados ante la Abogacía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
- La persona solicitante envía por correo electrónico a dipositaria@caib.es el seguro de caución en formato digital, sin alteraciones.
En el caso de personas físicas, de forma opcional, puede descargar el modelo de solicitud de registro para presentarlo en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local, o en cualquier oficina de Correos. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica.
- El seguro de caución debe ajustarse a los modelos aprobados que pueden descargarse en el apartado Garantía mediante seguro de caución de esta web. La Depositaría comprueba el cumplimiento de los requisitos formales establecidos en el Decreto 13/2019, de 7 de marzo, sobre el régimen jurídico de las garantías y depósitos custodiados por la Depositaría de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
- La Depositaría comprueba la firma de las personas apoderadas firmantes del seguro de caución y lo remite de oficio a la Abogacía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para su validación.
- Una vez validada la garantía, la Depositaría la registra y emite digitalmente 2 copias del resguardo de registro en el modelo 802.
- Resguardo para la persona interesada, que debe conservar hasta el momento en que solicite la devolución de la garantía.
- Resguardo para la Administración, para presentar ante el órgano gestor que ha requerido la constitución de la garantía.
Los resguardos se envían a la carpeta ciudadana de la CAIB del depositante y, en su caso, de su representante.
- Presente el resguardo para la Administración ante el órgano gestor. En caso de conformidad, validará la garantía.
La constitución de seguros de caución se realiza de forma telemática. Excepcionalmente, se permite la constitución de forma presencial para personas físicas con cita previa.
[1] Artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas
Efectivo
Si está interesado en constituir una garantía en efectivo, puede solicitarlo en línea, sin necesidad de personarse en las dependencias de la Depositaría.
- En primer lugar, presente la solicitud de constitución de la garantía según el tipo de obligación garantizada. Los formularios de solicitud están disponibles, según la finalidad, en el apartado Garantía en dinero en efectivo de esta web, dipositaria.caib.es.
Los datos que deben indicarse en la solicitud figuran en la notificación remitida por el órgano gestor que requiere la garantía. Si no dispone de esta información, debe ponerse en contacto con dicho órgano.
Opcionalmente, una vez cumplimentado el borrador de solicitud, puede remitirlo al órgano gestor para que compruebe su corrección.
- La persona interesada remite la solicitud cumplimentada y firmada electrónicamente al correo electrónico dipositaria@caib.es
En el caso de personas físicas, de forma opcional, puede descargar el formulario de solicitud para presentarlo en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local, o en cualquier oficina de Correos. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica.
- La Depositaría comprueba el cumplimiento de los requisitos formales establecidos en el Decreto 13/2019, de 7 de marzo, sobre el régimen jurídico de las garantías y depósitos custodiados por la Depositaría de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
- Una vez que la Depositaría ha comprobado los datos y efectuado el registro, remite a la carpeta ciudadana de la CAIB del depositante y, en su caso, de su representante, dos ejemplares del modelo 801:
- Ejemplar para la persona interesada, que debe conservar hasta el momento en que solicite la devolución de la garantía.
- Ejemplar para la Administración, para presentar ante el órgano gestor que ha requerido la constitución de la garantía, junto con el resguardo del ingreso.
La Depositaría también le remite la relación de cuentas bancarias en las que puede realizar el ingreso.
- El importe ingresado debe ser exactamente el requerido por el órgano gestor. Si la operación conlleva alguna comisión bancaria, no puede descontarse del importe a ingresar. Esta actuación no tiene costes ni tasas por parte de la Depositaría.
- Finalmente, entregue al órgano gestor que le exige la garantía el ejemplar para la Administración del modelo 801, así como el resguardo del ingreso/transferencia.
En caso de conformidad, el órgano gestor validará la garantía.
- La Depositaría comprobará de oficio el ingreso en las cuentas bancarias y solo se pondrá en contacto con usted en caso de incidencias.
Modelos de garantías
La resolución