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¿Qué documentación debe presentarse?

La solicitud deberá incluir los siguientes modelos de solicitud de compensación, que incluyen el contenido exigido por la normativa aplicable:

Anexo 1: modelo de solicitud de la compensación correspondiente a los arrendadores afectados por la suspensión extraordinaria regulada en el artículo 1 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo.

Anexo 2: modelo de solicitud de la compensación correspondiente a los propietarios afectados por la suspensión extraordinaria regulada en el artículo 1 bis del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo.

Junto con el Anexo 1 se deberá presentar la siguiente documentación:

  • Los documentos de identidad de cada una de las personas titulares del contrato de alquiler en calidad de arrendadores (DNI, NIE o documento equivalente).
  • La copia del documento acreditativo de las facultades de representación del representante de la persona física solicitante.
  • La exposición razonada y justificada de la compensación en base a los criterios establecidos.
  • La copia auténtica del informe de servicios sociales.
  • La copia auténtica del auto judicial mediante el que se acordó la suspensión.
  • La copia auténtica de la resolución judicial mediante la cual se levantó, en su caso, la
    suspensión.
  • La copia autentica del contrato de arrendamiento en vigor y de los tres últimos recibos de la renta del alquiler.
  • La justificación de los gastos corrientes de la vivienda asumidos por el arrendador con
    relación al período que se computa y de su pago.
  • El certificado de titularidad y datos de la cuenta bancaria donde debe hacerse efectiva, si procede, la compensación.


Junto con el Anexo 2 se deberá presentar la siguiente documentación:

  • Los documentos de identidad de cada una de las personas propietarias de la vivienda (DNI, NIE o documento equivalente).
  • La copia del documento acreditativo de las facultades de representación del representante de la persona física solicitante.
  • La exposición razonada y justificada de la compensación en base a los criterios establecidos.
  • La copia auténtica del informe de servicios sociales.
  • La copia auténtica del auto judicial mediante el que se acordó la suspensión.
  • La copia autentica de la resolución judicial mediante la cual se levantó, en su caso, la suspensión.
  • La justificación de que la vivienda se encontraba ofertada en venta o arrendamiento con anterioridad a la entrada al inmueble.
  • La justificación de los gastos corrientes de la vivienda asumidos por el arrendador con
    relación al período que se computa y de su pago.
  • El certificado de titularidad y datos de la cuenta bancaria donde debe hacerse efectiva, si procede, la compensación.
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