¿Cómo finaliza el procedimiento?


Después del estudio de la información y de las actuaciones subsiguientes, la persona responsable del Sistema interno de información emitirá un informe que pondrá fin al procedimiento en que determinará:

a) El archivo de la comunicación, si estima que no concurren la infracción o las infracciones objeto de esta.
b) La remisión al Ministerio Fiscal, si estima la concurrencia de indicios de delito, o, si procede, a la Fiscalía Europea.
c) La remisión al órgano competente, si aprecia que el comunicado puede ser motivo de una infracción administrativa grave o muy grave.
d) Si es procedente, la remisión de una propuesta complementaria de medidas tendentes al cese de la infracción o a la no reproducción de esta.

Las decisiones adoptadas no son recurribles en vía administrativa ni en vía contenciosa administrativa.