¿Cómo se recibe la información?
La Inspección General de Servicios acusará recibo de la comunicación a la persona informando dentro de un plazo de siete días naturales desde la recepción, salvo que esto pueda poner en peligro la confidencialidad de la comunicación, no sea posible por el carácter anónimo de la comunicación o la persona informando haya renunciado a recibir comunicaciones relativas a la investigación.
Se pueden llevar a cabo las diligencias preliminares que considere necesarias para decidir la admisión o inadmisión de la comunicación o la información. Cuando los hechos puedan constituir un delito, tendrá que informar el Ministerio Fiscal con carácter inmediato.
En caso de que la información se presente de forma anónima a través del canal de denuncias de la CAIB ( Globaleaks) , si la Inspección General de Servicios necesita completar o mejorar la información facilitada por la persona informante, el requerimiento de información adicional se realizará mediante este canal ( Globaleaks) al que podrá acceder introduciendo el código numérico de acceso creado con la presentación de la denuncia.
Se prevé la posibilidad de mantener la comunicación con el informante y, si se considera necesario, de solicitarle información adicional.