Pueden ser beneficiarias del Programa Básico las personas que cumplan los siguientes requisitos:
- Ser residente en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en el momento de la detección de la situación familiar.
- Formar parte de una unidad de convivencia en la que consten personas menores de 18 años. Se entiende por unidad de convivencia las personas que tienen relaciones de parentesco de primer grado descendente de consanguinidad (hijos del solicitante) y pareja del solicitante. Las adopciones y acogimientos familiares se considerarán como parentesco de primer grado descendente.
- La unidad de convivencia debe tener unos ingresos que, por unidad de consumo, sean inferiores al 40% de la renta media estadística nacional anual. Consulta los umbrales de renta, en función de la composición de la unidad de convivencia aquí