Se informa de que se encuentra publicada en el apartado «Marco jurídico» de esta mismo web la Resolución de la consejera de Familias y Asuntos Sociales sobre la valoración de los criterios de acceso al Programa Básico para el año 2025.

El inicio del Programa en esta anualidad está pendiente de la determinación de la entidad gestora, encargada de la entrega y recarga de las tarjetas para la adquisición de alimentos y otros productos de higiene. El detalle de productos cubiertos y no cubiertos por la tarjeta se encuentra en la Guía de apoyo del Programa Básico, disponible también en esta web, en el apartado «Espacio de apoyo para los profesionales de los servicios sociales».

Los servicios sociales comunitarios básicos pueden continuar derivando familias, aplicando el actual procedimiento (recogido en la Guía que apoyo). Estas nuevas derivaciones se valorarán una vez recibidas por el órgano gestor (la D.G. de Asuntos Sociales) y se tramitarán tan pronto como se ponga en marcha el Programa.

Una vez iniciado el programa, se prorrogarán de oficio las tarjetas vigentes por un periodo suplementario hasta llegar a los doce meses de duración (por ejemplo, una tarjeta activa desde 1 de noviembre se prolongará hasta 31 de octubre de 2025), sin necesidad de hacer una nueva solicitud.

Igualmente, se dará entrada a las derivaciones que se hayan producido desde el día 1 de diciembre de 2024 aproximadamente, y que no se hayan tramitado en 2024 por falta de tiempo material para resolverlas. La entidad gestora de las tarjetas contactará todas las unidades de convivencia beneficiarias, tanto las de 2024 como las nuevas incorporaciones de 2025, para informarlas de todos los detalles al respeto.

Las personas que recibieron la ayuda durante el año 2024 continuarán recibiéndola durante el año 2025 hasta que se cumplan doce meses de duración. A partir del día siguiente a la finalización de dichos doce meses, los servicios sociales comunitarios básicos que detecten que las unidades de convivencia continúan reuniendo los requisitos para mantenerse como beneficiarios del Programa, tendrán que hacer una nueva derivación.

Si hay variaciones sustanciales en la unidad de convivencia, tendrán que aportar nuevamente a la Dirección General de Asuntos Sociales los modelos 1 y 2. Si no hay variaciones, se aportará solo el «Modelo 7: Declaración responsable para la renovación de la tarjeta del Programa», disponible también en esta web, al apartado «Documentación a aportar».

En cuanto a la entrega y las gestiones relacionadas con la tarjeta, se procederá como en 2024, a través de la entidad gestora que resulte beneficiaria de la convocatoria de subvenciones.