Introducción

banner

Las auditorías energéticas son herramientas que permiten a las organizaciones conocer su situación respecto al uso de energía y detectar cuantitativamente con que acciones pueden mejorarla.

Estas auditorías permiten identificar las operaciones dentro de los procesos que pueden contribuir al ahorro y la eficiencia de la energía primaria consumida, para optimizar la demanda energética de la instalación. Además, también estudian el uso y la diversificación de las fuentes energéticas, incluyendo la optimización por cambio de combustible, o el autoconsumo por instalaciones de energías renovables.

El Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, establece la obligación de llevar a cabo una auditoría energética en las empresas que no sean PYME, de acuerdo con lo establecido en el título I del anexo de la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas. También se establecen los requisitos que tiene que cumplir la mencionada auditoría, y dicta la creación en el Ministerio de Industria, Energía y Turismo de un Registro Administrativo de Auditorías Energéticas, así como el sistema de inspección de las mismas.

Una primera auditoría energética se tiene que realizar antes del 13 de noviembre de 2016 y, posteriormente, se tiene que actualizar como mínimo, cada cuatro años a partir de la fecha de la auditoría energética anterior.

Puede consultar: notas informativas y respuestas a preguntas frecuentes sobre el Real decreto 56/2016.

Para cualquier consulta se puede dirigir a la dirección: registrecertificacio@energia.caib.es