6 enero 2018 | <9ªL> Conselleria d'Hisenda i Administracions Públiques

El Anteproyecto de ley de la modificación de la Ley de actividades inicia el trámite de información pública NNota Informativa

El Anteproyecto de ley de la modificación de la Ley de actividades inicia el trámite de información pública

La nueva normativa agilizará las tramitaciones, dará facilidades a los ayuntamientos y reforzará el control de las ilegalidades
El Anteproyecto de ley de modificación de la Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Islas Baleares, ha iniciado el trámite de información pública, un periodo durante el cual, hasta el día 19 de enero, se puede consultar el proyecto mencionado, así como el resto del expediente de elaboración de la norma, y, si procede, presentar a alegaciones.

La modificación de la ley pretende agilizar las tramitaciones y dar facilidades a los ayuntamientos para ofrecer respuesta a las carencias y problemas de carácter técnico que han surgido en la aplicación de la normativa actual, dado que se trata de una legislación muy técnica que fue aprobada en 2013.

La Dirección general de Emergencias e Interior, de la Conselleria de Hacienda y Administraciones Públicas del Govern de les Illes Balears, ha llevado a cabo la elaboración del borrador de la modificación de la ley desde el año 2016 mediante un proceso participativo con las diferentes administraciones afectadas para averiguar las problemáticas a solucionar.

Los tres aspectos fundamentales en los que se han propuesto modificaciones están relacionados con las actividades permanentes y su tramitación con los nuevos conceptos de obra y actividades; las actividades no permanentes, en especial las organizadas por las administraciones públicas y las de recorrido (pruebas deportivas u otros acontecimientos que se desarrollen por vías públicas); y los problemas con los procedimientos administrativos que prevé la ley 7/2013. 

Una de las propuestas más importantes que prevé la nueva normativa es dar salida a la problemática que se genera con las licencias de construcción y los proyectos básicos. También se abre el alcance de la ley a nuevas situaciones de emprendimiento y a tipologías de empresas de reciente aparición como el coworking.

Con la nueva ley, no se modifica el alcance competencial de los ayuntamientos , pero facilita su tarea, puesto que evita costes administrativos y de personal y elimina la obligación por parte de los ayuntamientos de hacer las inspecciones de comprobación, las cuales pasan a ser revisiones periódicas como en otros casos ( ascensores, electricidad, inspección técnica de vehículos, etc). 

Asimismo, se simplifica la tramitación para las actividades no permanentes y se facilitan aquellas organizadas por la propia administración, además de poder hacer calendarios de actas para dar cobertura administrativa a las actividades organizadas por entidades dentro del ámbito de los acontecimientos programados. La nueva normativa también regulará nuevas actividades itinerantes como los food–trucks o servicios que se prestan dentro de vehículos. En cuanto a las actividades itinerantes, también se simplifica su instalación en función de su peligrosidad.

Además, refuerza la figura del registro autonómico, como herramienta esencial para llevar a cabo el control de las actividades dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma y de manera específica para poder controlar las revisiones periódicas de las mismas. También se modifica el procedimiento para actuar sobre las actividades ilegales con un procedimiento específico para la adopción de medidas cautelares que no deja a medias las tramitaciones y obliga a su finalización. 

Con este procedimiento se refuerza de manera sustancial el control de las ilegalidades y también se modifica el procedimiento sancionador. La nueva normativa prevé un aumento de las sanciones, de hasta 300.000 euros, y clarifica y tipifica nuevas infracciones, en respuesta a las demandas planteadas por los ayuntamientos.