21 enero 2016 | <9ªL> Presidenta

El Govern presenta el Decreto que regulará la enseñanza de y en lenguas extranjeras en los centros educativos NNota Informativa

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El Govern presenta el Decreto que regulará la enseñanza de y en lenguas extranjeras en los centros educativos

La Propuesta de decreto se ha enviado al Consejo Escolar de las Illes Balears y se aprobará en Consell de Govern una vez oídas sus recomendacionesy del Consejo Consultivo
La presidenta de las Illes Balears, Francina Armengol, y el conseller de Educación y Universidad, Martí March, han presentado el Decreto que regulará la enseñanza de y en lenguas extranjeras en los centros educativos de las Illes Balears. Este Decreto tiene por objeto establecer un marco de referencia a partir del que cada centro pueda definir, en ejercicio de su autonomía, una propuesta pedagógica para la enseñanza y el aprendizaje de y en lenguas extranjeras, con el objetivo de mejorar la competencia del alumnado, respetando el Decreto de mínimos. Esta medida se enmarca en el conjunto de iniciativas de la Conselleria dirigidas a conseguir el éxito educativo.
En su intervención, la presidenta Armengol ha afirmado que esta normativa “respeta nuestra  lengua a la vez que permite y potencia el aprendizaje de otras, basándose en el respeto y el consenso con la comunidad educativa”. Además, la presidenta ha constatado que “nuestro objetivo es conseguir el éxito educativo y, en este sentido, apostamos decididamente por el aprendizaje de lenguas en una comunidad como la nuestra que precisa una educación pública de calidad e inclusiva”.
Por su parte, el conseller de Educación y Universidad, Martí March, que ha estado acompañado por la directora general de Formació Professional i Formació del Professorat, Maria F. Alorda, ha señalado que “esta normativa pretende dar seguridad jurídica a los centros educativos que actualmente viven realidades lingüísticas diversas".
Martí March ha afirmado que “en ningún caso el decreto obligará a los centros educativos, sino que de manera voluntaria y desde la autonomía podrán adoptar la enseñanza de otro idioma que elijan, siempre respetando el decreto de mínimos”.
Hay que tener presente que en los últimos años los centros educativos de las Illes Balears han participado en varias experiencias de enseñanza de contenidos no lingüísticos en lengua extranjera. De hecho, en el curso actual hay 166 centros autorizados a hacer secciones europeas, de los que 3 son en francés y el resto en inglés, y 35 centros que aplican el Plan Piloto Plurilingüe en inglés, que finaliza este curso. Del análisis de estas experiencias y de los cambios recientes producidos en la legislación autonómica relativa a la enseñanza de lenguas, se hizo evidente la necesidad de revisar la normativa y regular el procedimiento por el que los centros docentes, en función de su autonomía, con el consenso de la comunidad educativa y a partir de los criterios establecidos en los proyectos lingüísticos, puedan desarrollar y potenciar la competencia comunicativa en lenguas extranjeras de su alumnado.
El Decreto para el desarrollo de la competencia comunicativa en lenguas extranjeras en los centros educativos sostenidos con fondos públicos en las Illes Balears deroga la normativa que hasta ahora regula estas iniciativas y pone en marcha un modelo aplicable a todos los centros sostenidos con fondos públicos en las Illes Balears. Además, completa un ámbito que no prevé el Decreto de mínimos, dado que esta normativa no contempla la enseñanza de materias no lingüísticas en lengua extranjera.
La Propuesta de decreto se ha enviado al Consejo Escolar de las Illes Balears. Una vez oídas las recomendaciones de este organismo y del Consejo Consultivo, se aprobará en el Consell de Govern. Se prevé que se pueda aprobar antes de acabar este curso 2015-2016.
 
Características principales del Decreto
 
  1. El Decreto es de aplicación en los centros que imparten enseñanzas de educación infantil, primaria, secundaria obligatoria, formación profesional, bachillerato y régimen especial sostenidos con fondos públicos de las Illes Balears.
  2. El Proyecto lingüístico de centro (PLC) tiene que incluir la organización de las lenguas de enseñanza del centro y ello supone que, además del catalán y castellano, también puede incorporar la enseñanza en una lengua extranjera.
  3. La enseñanza de materias no lingüísticas en lenguas extranjeras es de carácter voluntario y se decidirá en cada centro, de acuerdo con las competencias del claustro de profesores y las de los órganos de gobierno y participación de la comunidad educativa, partiendo del objetivo principal de esta práctica, que es la mejora de la competencia comunicativa del alumnado.
  4. La enseñanza en una lengua extranjera se podrá realizar total o parcialmente en un área de infantil, en una asignatura en primaria y secundaria, y en un módulo de FP sin pedir autorización. Los centros podrán solicitar a la Conselleria la ampliación a una segunda área, asignatura o módulo; en este caso, tendrán que presentar un informe pedagógico justificativo adaptado al contexto y a los recursos del centro.
  5. Cada centro educativo tiene que establecer el sistema de acceso del alumnado a estas enseñanzas y garantizar medidas de atención a la diversidad.
  6. La introducción de la enseñanza en lenguas extranjeras se tiene que implementar de manera progresiva atendiendo a criterios pedagógicos y así se tiene que reflejar en el PLC.
  7. Los docentes que impartan materias no lingüísticas en lengua extranjera deberán tener el nivel B2 o superior para infantil y primaria y el nivel C1 o superior en el caso de secundaria y formación profesional. Los niveles se tienen que corresponder con los que establece el Marco europeo común de referencia para las lenguas (MECR). El profesorado de secundaria con titulación B2 dispondrá de 5 años para acreditar el nivel C1 o superior del MECR.
  8. El profesorado que imparta materias no lingüísticas en lengua extranjera tendrá que estar formado en metodologías de aprendizaje en lenguas extranjeras; no basta con la titulación de idiomas. Para ello, la Conselleria desarrollará programas de formación.
  9. Se tendrá que nombrar un docente coordinador responsable de facilitar el trabajo conjunto entre el profesorado de las áreas no lingüísticas impartidas en lengua extranjera y el de la asignatura de lengua extranjera.
  10. La Conselleria facilitará la obtención de los certificados oficiales de lenguas extranjeras en referencia a los niveles establecidos por el MECR al alumnado de secundaria. Para hacerlo, se impulsarán los EOIES en los centros educativos. Estos programas de las escuelas oficiales de idiomas en los centros educativos este año se ofrecen en 68 centros y participan 3.376 alumnos.
  11. La Conselleria consolida el recurso pedagógico de los auxiliares de conversación e impulsará la participación de los centros en programas internacionales.