4 abril 2022 Consejería de Medio Ambiente y Territorio

CONSELL DE GOVERN: EL PLAN DE ORDENACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES DE MONDRAGÓ ADECÚA El USO PÚBLICO A LA CAPACIDAD DE CARGA DEL ESPACIO NATURAL PROTEGIDO CConsell de Govern

CONSELL DE GOVERN: EL PLAN DE ORDENACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES DE MONDRAGÓ ADECÚA El USO PÚBLICO A LA CAPACIDAD DE CARGA DEL ESPACIO NATURAL PROTEGIDO

\ El documento fija un número máximo de desembarcos semanales, plazas de aparcamiento y servicios de temporada    
\ Se considera de interés autonómico la ejecución del proyecto de derribo del quiosco-bar de ses Fonts de n’Alis
    

El Consell de Govern ha aprobado el Decreto por el cual se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de Mondragó. El objeto de este Plan es la delimitación y ordenación general de los recursos y valores naturales de este espacio natural protegido, así como de los valores paisajísticos y etnológicos, integrándolos en el resto del territorio, de acuerdo con lo que establecen la Ley 5/2005, de 26 de mayo, para la conservación de los espacios de relevancia ambiental (LECO) y la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del patrimonio natural y de la biodiversidad.

La aprobación de este Plan supone la derogación del anterior, que databa de 1992. Además del tiempo transcurrido desde la aprobación del primer PORN, hay otros factores que motivan que el Parque Natural tenga que contar con un nuevo Plan de Ordenación de los Recursos Naturales. Entre estos, la evolución de la realidad del territorio, el incremento de la presión antrópica sobre el espacio protegido, los cambios en los usos agrarios y en el contexto socioeconómico, las novedades en las directrices reguladoras y en el marco legal vigente respecto a la conservación y mejora de la biodiversidad y la ordenación de los recursos naturales, la experiencia y datos adquiridos durante todo estos años o las mejoras tecnológicas en cartografía…

Con todo, uno de los objetivos principales es dar respuesta a las actuales necesidades de ordenación y gestión del espacio natural protegido, tanto en lo referente a la conservación del patrimonio natural y cultural como al desarrollo socioeconómico sostenible del espacio y el uso público del mismo. Así, se prevén varias medidas destinadas a limitar la capacidad de carga del Parque Natural, especialmente los meses de verano, cuando la afluencia masiva puede poner en riesgo los valores naturales y ambientales del espacio.

En este sentido, se limita el desembarco de transporte privado marítimo que ofrezca un servicio público de visitas naturalísticas, a un máximo de tres desembarcos semanales de grupos de hasta 60 personas, en el punto de desembarco des Caló d’en Garrot. El número de autobuses y de transporte colectivo privado será de 5 por día y el número máximo de visitantes que lleguen en transporte colectivo privado será de 275 por día. Se fija, además, un número máximo de plazas en los dos aparcamientos públicos del Parque: 394 coches, 17 vehículos adaptados, 5 autobuses y 51 motos. El futuro Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) del Parque Natural o, si procede, un plan sectorial de uso público, podrá reducir el número de plazas, pero en ningún caso incrementarlo.

Se priorizará que la gestión de los aparcamientos la lleven a cabo empresas del tercer sector a través de la modalidad de contratación reservada, tal como prevé la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público.

El Plan de ordenación prevé, además, que las instalaciones e infraestructuras situadas en el dominio público marítimo terrestre existentes en la playa de ses Fonts de n’Alis tienen que ser objeto de escombro y retirada en el marco de un proyecto integral de restauración de los hábitats dunares de interés comunitario. La ejecución de este proyecto se considera de interés general.

Una vez ejecutado el proyecto integral de restauración de los hábitats dunares de interés comunitario, se podrá autorizar la instalación de un quiosco-bar de temporada desmontable, sin terrazas, y con una superficie máxima de 20 m². El lugar donde se podrá ubicar este quiosco-bar está incluido en la cartografía aneja, fuera del sistema dunar.

Las instalaciones de temporada en la playa de ses Fonts de n’Alis quedarán prohibidas a partir de que se extingan las actuales concesiones administrativas. En la playa de s’Amarador se permitirá un máximo de 16 sombrillas y 32 tumbonas. Se mantiene, además, el quiosco-bar que hay actualmente en esta playa con las mismas condiciones.

En el marco del Plan de ordenación, la Conselleria de Medio Ambiente y Territorio tendrá que promover las actuaciones de conservación, protección y recuperación de especies y comunidades que se consideren prioritarias. En este sentido, se considera prioritaria la vegetación dunar, de litoral rocoso, de sabinar, de encinar, de los charcos temporales y de la orilla de los estanques.

Se prevé, también, la creación de un Catálogo de Patrimonio Histórico, que incluirá los elementos del patrimonio histórico existentes dentro del ámbito territorial del PORN. Tiene que ser aprobado por la Conselleria de Medio Ambiente y Territorio y se tiene que ir actualizando con los nuevos elementos que se identifiquen. Este catálogo tiene que incluir como mínimo los elementos incluidos en el Catálogo de Protección del Patrimonio del municipio de Santanyí y los catalogados como Bienes de Interés Cultural (BIC) según lo previsto en la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, de patrimonio histórico de las Illes Balears. Dentro del ámbito del PORN están catalogados como tales ses Coves del Rei (JA118) y sa Cova Foradada (JA116).

 

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