7 febrero 2022 Consejería de Educación y Formación Profesional

COVID-19: CONSELL DE GOVERN: APROBADOS DE NUEVO LOS PERMISOS NO RETRIBUIDOS PARA LA CONCILIACIÓN LABORAL Y FAMILIAR DE LOS DOCENTES CON MOTIVO DE LA COVID-19 CConsell de Govern

COVID-19: CONSELL DE GOVERN: APROBADOS DE NUEVO LOS PERMISOS NO RETRIBUIDOS PARA LA CONCILIACIÓN LABORAL Y FAMILIAR DE LOS DOCENTES CON MOTIVO DE LA COVID-19

\ La propuesta prevé la reducción del 50% al 100% de la jornada para atender a un familiar en situación de cuarentena
\ Se trata de una medida extraordinaria y transitoria para favorecer la conciliación laboral y familiar del personal docente no universitario


El Consell de Govern ha aprobado hoy poner de nuevo en marcha las medidas extraordinarias y transitorias para favorecer la conciliación laboral y familiar del personal docente no universitario al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Estos permisos ya estuvieron vigentes a finales del año 2020 para responder a las necesidades de conciliación derivadas de los efectos de la pandemia.

Esta propuesta responde a la evolución de la expansión de la COVID-19 en el territorio de las Illes Balears en los últimos meses con unos cambios que ponen de manifiesto la necesidad de adoptar determinadas medidas adicionales.

En este contexto, se entiende que los permisos y licencias previstos en la ley pueden resultar insuficientes para favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral ante determinadas situaciones de carácter urgente relacionadas con la COVID-19. En concreto, en caso de que el personal docente no universitario tenga cuidado o atención directa de una persona con la que conviva, y la que haya sido obligada a guardar cuarentena con motivo de la COVID-19.

Por ello, la Conselleria vuelve a poner a disposición del personal docente no universitario que acredite la necesidad de atender a una persona en situación de cuarentena por la COVID-19 con la que conviva la posibilidad de solicitado una reducción especial de la jornada de trabajo, de carácter no retribuido, del 50% o del 100% de la jornada, por el tiempo indispensable que dure la situación de cuarentena.

Los requisitos para optar al permiso
Entre los requisitos que debe cumplir el docente se encuentra que la persona con la que conviva debe ser:

a) Un hijo menor de doce años.
b) Una persona que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí misma y no desarrolle ninguna actividad retribuida.

En el caso de reducciones del 50 %, el horario concreto en el que deba disfrutarse la reducción de jornada debe acordarse con la Dirección del centro, de forma que se concilie el derecho al disfrute de la reducción con las necesidades de atención al alumnado.

Además, la propuesta prevé que de forma alternativa a la reducción de jornada especial, si las tareas atribuidas al docente lo permiten, podrá prestar sus servicios mediante la modalidad de teletrabajo, con autorización del director del centro, siempre que su ausencia pueda ser asumida con los recursos humanos del centro de forma que no genere la necesidad de sustitución.