29 junio 2018 Conselleria de Presidència

Consell de Govern: APROBADO EL DECRETO QUE REGULA LA COMISIÓN PARA LA IGUALDAD DE GÉNERO CConsell de Govern

Consell de Govern: APROBADO EL DECRETO QUE REGULA LA COMISIÓN PARA LA IGUALDAD DE GÉNERO

\ Es el órgano encargado de coordinar las políticas y los programas que llevan a cabo las administraciones autonómica, insular y local en materia de igualdad de mujeres y hombres
\ Se quieren generar sinergias entre los diferentes niveles de administración, de forma que se optimicen la gestión y los resultados de las políticas de igualdad de género
 
El Consell de Govern ha aprobado el Decreto que regula la Comisión para la Igualdad de Género, órgano previsto en la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres, encargado de coordinar las políticas y los programas que llevan a cabo las administraciones autonómica, insular y local en materia de igualdad de mujeres y hombres.
 
La consecución real de la igualdad de mujeres y hombres constituye un objetivo transversal que afecta a todas las administraciones públicas y a todos sus ámbitos de intervención. Por ello, a fin de que la acción institucional en esta materia sea realmente efectiva, es fundamental que las medidas que cada administración tome en su ámbito de actuación se coordinen con las que adopten el resto de administraciones, sean coherentes con estas y las complementen. En este sentido, además de una coordinación interna en el seno de cada administración, es necesaria también la existencia de una coordinación adecuada entre las diferentes administraciones públicas.
 
Por este motivo, esta comisión la conformarán representantes del Govern de les Illes Balears, de los consejos insulares, de la Federación de Entidades Locales de las Illes Balears y del Ayuntamiento de Palma.
 
Las funciones encomendadas a la Comisión para la Igualdad de Género son:
 
  1. Servir de órgano de interlocución entre las administraciones autonómica, insular y local de la Comunitat Autònoma de les Illes Balears en materia de igualdad entre mujeres y hombres, así como de espacio de encuentro y puesta en común de experiencias, de iniciativas y de propuestas, con la finalidad de generar sinergias entre los diferentes niveles de administración, de forma que se optimicen la gestión y los resultados de las políticas de igualdad de género.
 
  1. Facilitar la congruencia de las políticas de igualdad impulsadas por las administraciones competentes en la aplicación efectiva de las prescripciones contenidas en la Ley 11/2016.
 
  1. Realizar el seguimiento de las acciones comunes que emprendan las administraciones autonómica, insular y local en desarrollo de la normativa de igualdad.
 
  1. Proponer mecanismos y técnicas intersubjetivas de relación entre las administraciones con el fin de alcanzar una coordinación adecuada de sus intervenciones y actuaciones en materia de igualdad de mujeres y hombres.
 
  1. Participar en el procedimiento de formalización de los planes estratégicos de igualdad de mujeres y hombres, y también tomar parte en la elaboración de los planes insulares de igualdad.
 
  1. Participar en el proceso de elaboración de los protocolos de intervención para la atención a las víctimas de violencia machista, de acuerdo con el artículo 77 de la Ley 11/2016, a efectos de alcanzar una coordinación interinstitucional adecuada.
 
  1. Proponer criterios para dirimir eventuales discrepancias competenciales entre las administraciones representadas en el órgano colegiado que puedan surgir en aplicación de lo dispuesto en la normativa reguladora en materia de igualdad de mujeres y hombres, y formular proposiciones para solucionar las controversias que se puedan suscitar.
 
  1. Participar en el procedimiento de elaboración del informe bienal al que se refiere el artículo 23.1 de la Ley 11/2016.
 
Por otra parte, el Decreto aprobado crea en el seno de la Comisión el Grupo Técnico Interinstitucional con la finalidad de prestarle apoyo y asesoramiento técnico, mediante la realización de estudios, informes y propuestas. Asimismo, se prevé que la Comisión pueda crear grupos técnicos de trabajo con la finalidad de tratar de cuestiones de una forma más específica o con un carácter más sectorial.
 
La Comisión para la Igualdad de Género se adscribe al Instituto Balear de la Mujer.