7 mayo 2021 Consejería de Salud y Consumo

CONSELL DE GOVERN EXTRAORDINARIO: EL GOVERN LIMITA POR DECRETO EL PRECIO MÁXIMO DE LAS PCR EN 75 EUROS Y EN 30 EUROS EL DE LAS PRUEBAS DE ANTÍGENOS CConsell de Govern extraordinario

CONSELL DE GOVERN EXTRAORDINARIO: EL GOVERN LIMITA POR DECRETO EL PRECIO MÁXIMO DE LAS PCR EN 75 EUROS Y EN 30 EUROS EL DE LAS PRUEBAS DE ANTÍGENOS

\ Se aprueba un decreto ley que modifica la ley de Salud Pública de las Islas para poder mantener medidas que ha sido efectivas en el control de la pandemia
\ El nuevo decreto, que también fija un régimen sancionador para hacer frente a los incumplimientos de las normas COVID-19, estará vigente desde las 00.00 h del 9 de mayo

El Govern de las Islas Baleares ha fijado en un máximo de 75 euros el precio de las PCR y en 30 euros el de las pruebas de antígenos. Esta es una de las medidas que recoge lo decreto ley que ha aprobado hoy el Consell de Govern, con el que se modifica la ley de Salud Pública de las Islas Baleares para incluir la posibilidad de adoptar a partir de las 00.00 horas de día 9 de mayo medidas de control de la pandemia que han sido efectivas y con el que también se establece un régimen sancionador para hacer frente a los posibles incumplimientos de las regulaciones relacionadas con la COVID-19.

La inminente finalización del régimen jurídico excepcional que supone el estado de alarma aconseja introducir en la legislación autonómica más concreción de las medidas de intervención administrativa que se pueden adoptar en situaciones de pandemia para garantizar el control de contagios y resulta también necesario y urgente delimitar el procedimiento a seguir para su adopción. Por eso se ha optado por la forma de decreto ley, si bien el objetivo es también tramitarlo como proyecto de ley.

Este decreto ley tiene como finalidad recoger en la normativa autonómica aquellas medidas que durante el estado de alarma se han evidenciado como especialmente idóneas en cuanto a la necesidad de contener la propagación del virus, como el confinamiento perimetral de una barriada, un municipio, una isla o todo el archipiélago, los controles a la entrada de las islas a través de puertos y aeropuertos, la restricción de las reuniones, la limitación a la movilidad en horario nocturno o la limitación de aforos en lugares de culto.

Por un lado, el decreto introduce cinco nuevos artículos en la ley 16/2010 de 28 de diciembre, los cuales recogen las medidas concretas mencionadas y el procedimiento para adoptarlas. En particular, se incluyen estos preceptos para posibilitar la adopción de medidas preventivas en situación de pandemia o epidemia y la intervención de centros de servicios sociales, se establecen las condiciones para adoptarlas; se prevé la potenciación del papel de las nuevas tecnologías en la gestión y el control de los riesgos para la salud pública, y se establece el marco en que se tiene que llevar a cabo la cooperación y colaboració administrativas en materia de salud pública.

Por otro lado, este Decreto ley también modifica el Decreto ley 11/2020, de 10 de julio, por el cual se establece un régimen sancionador específico para hacer frente a los
incumplimientos de las disposiciones dictadas por paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19, para mantener la vigencia de los tipos infractores previstos en los artículos 3 h y 4 g, relativos a la agravación de las infracciones leves y graves cuando estas son cometidos en un territorio donde se haya declarado el máximo nivel de alerta sanitaria —introducidas por el Decreto ley 15/2020, de 21 de diciembre, y con una vigencia limitada hasta el 9 de mayo de 2021—, atendido su efecto disuasorio, para garantizar el cumplimiento de las medidas que, con el fin de asegurar la salud de las personas, establecen las autoridades sanitarias.

Así mismo, y ante el aumento progresivo de la movilidad, también se considera oportuno incluir un nuevo tipo infractor para sancionar los incumplimientos de la acreditación del resultado negativo de las pruebas diagnósticas que, en su caso, se establezcan, con carácter previo, como medidas de control de la salida de la zona o la isla o las islas afectadas o de entrada en estas, o la negativa a someterse a estas pruebas con carácter posterior.

El decreto incluye una disposición adicional única de limitación del precio y tarifas de las pruebas diagnósticas. En este sentido, indica que hasta que el Gobierno del Estado español declare la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, se establecen los precios y tarifas máximas que tienen que aplicar los centros, servicios y establecimientos sanitarios y sociosanitarios, públicos y privados, para la realización de las pruebas diagnósticas. Las PCR costarán como máximo 75 euros y las pruebas de antígenos, 30 euros.