17 agosto 2020 Consejería de Asuntos Sociales y Deportes

COVID-19: Se limitan las visitas a las residencias y se establecen PCR obligatorias NNota Informativa

COVID-19: Se limitan las visitas a las residencias y se establecen PCR obligatorias

Las medidas tendrán una duración inicial de un mes

La conselleria de Afers Socials i Esports y la conselleria de Salut i Consum, con la colaboración y desde la coordinación con los consells insulars, han establecido nuevas medidas en el régimen de visitas y salidas en residencias de gente mayor, en situación de dependencia o de personas con discapacidad ante la situación epidemiológica y sanitaria en las Illes Balears:

1- Se limitan las visitas a una persona por residente, extremando las medidas de precaución y con una duración máxima de una hora al día, excepto en el caso de personas que se encuentren en el proceso del final de la vida. Las visitas se tienen que acordar previamente con el centro con un sistema de cita previa y se tiene que garantizar que las visitas a los residentes a lo largo del día se hagan de forma escalonada

2- No se permiten las salidas a los residentes de los centros de servicios sociales de tipo residencial, sean públicos o privados, por personas grandes o por personas en situación de dependencia

3- En el caso de los servicios sociales de tipo residencial para personas con discapacidad, no se permiten las salidas de los centros de los residentes con discapacidad que tienen factores de riesgo añadidos como: edad mayor de 60 años, enfermedades cardiovasculares, hipertensión arterial, diabetes, enfermedad pulmonar obstructiva crónica, cáncer, Inmunosupresión u otras enfermedades crónicas en las que exista un deterioro del estado general

4- Excepcionalmente, en los centros de servicios sociales de tipo residencial se podrán realizar salidas terapéuticas acompañadas por el personal del centro y siguiendo las medidas de higiene y seguridad marcadas por la autoridad sanitaria

5- Los servicios sociales de tipo residencial o viviendas supervisadas para personas con discapacidad sin factores de riesgo o diagnóstico de salud mental pueden autorizar las salidas de sus residentes, siempre que estos hayan recibido la formación sobre las medidas de higiene y seguridad y estén en condiciones de entenderlas y cumplirlas

Estas medidas tendrán una duración inicial de un mes sin perjuicio de la posibilidad de disponer su prórroga si persisten las circunstancias que las motivan o levantarlas si desaparecen.

PCR obligatorias

Se tendrá que realizar una prueba tipo PCR de detección del SARS-*Cov-2 de forma obligatoria a los usuarios de nuevo ingreso en los centros residenciales, a los trabajadores que se incorporan de un período de permiso o vacaciones de una duración superior a 72 horas y a los trabajadores de nueva incorporación en el centro residencial.

La prueba se tiene que realizar con una antelación máxima de 72 horas al ingreso o la incorporación laboral en el centro residencial.

También se recomienda la realización de pruebas periódicas de detección del SARS-*CoV-2 a los trabajadores de los centros de servicios sociales de tipo residencial que realizan su tarea en contacto directo con los residentes. La periodicidad de estas pruebas tendrá que ajustarse a una evaluación del riesgo que tome en consideración la situación epidemiológica del territorio donde se encuentre la residencia y la tipología y situación sanitaria del centro residencial.