11 mayo 2018 | <9ªL> Conselleria d'Hisenda i Administracions Públiques

La ATIB asume la gestión tributaria del impuesto sobre bienes inmuebles de Sa Pobla mediante un convenio con el Ayuntamiento NNota Informativa

La ATIB asume la gestión tributaria del impuesto sobre bienes inmuebles de Sa Pobla mediante un convenio con el Ayuntamiento

La Agencia Tributaria de las Illes Balears (ATIB) amplía su ámbito de colaboración municipal y asume la gestión tributaria del impuesto sobre bienes inmuebles de Sa Pobla, mediante un convenio con el Ayuntamiento. La ATIB continúa la línea de trabajo conjunto con los ayuntamientos,a los que presta servicio de ayuda en el trámite de los tributos locales en más de 50 municipios.

La ATIB ejercerá las competencias que, en materia de gestión tributaria del impuesto sobre bienes inmuebles, han sido delegadas en virtud del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Sa Pobla del pasado 11 de enero. Este convenio de colaboración tiene una vigencia de un año y se podrá acordar su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales.

La consellera de Hacienda y Administraciones Públicas y presidenta de la ATIB, Catalina Cladera, ha firmado el convenio con el alcalde de Sa Pobla, Biel Ferragut, en un acto en el que también han participado a la directora del ATIB, Maria Antònia Truyols, y otros representantes del Ayuntamiento de Sa Pobla.

El ATIB, a partir de los padrones que envíe anualmente la Gerencia del Catastro en las Baleares, practicará la liquidación del impuesto sobre bienes inmuebles, para lo cual el Ayuntamiento de Sa Pobla tendrá que comunicar, dentro del primero dos meses del año correspondiente, la ordenanza fiscal reguladora del impuesto y una certificación de los tipos impositivos aplicables.

Asimismo, el acuerdo establece que la ATIB desarrollará las funciones encomendadas mediante sus aplicaciones informáticas y telemáticas, sin perjuicio de los mecanismos de interconexión que se puedan establecer con los sistemas de información del Ayuntamiento. El consistorio pondrá a disposición de la ATIB el soporte informático en el cual consten las exenciones y las bonificaciones concedidas, las cuales se tendrán en cuenta cuando se liquide el impuesto sobre bienes inmuebles.

La compensación económica a satisfacer por el Ayuntamiento por los gastos derivados de la delegación de la gestión tributaria del impuesto sobre bienes inmuebles es, para el año 2018, de 11.736,30 euros. Esta cuantía se detraerá, en la medida que lo permita, de la cuantía de los recargos de apremio ordinario de las liquidaciones trimestrales de la recaudación ejecutiva. Esta cuantía anual se revisará anualmente a partir de 2019.
 

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