8 septiembre 2022 Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación

Pesca denuncia varias embarcaciones recreativas de Mallorca por pescar verderols en época de veda sin la talla mínima NNota Informativa

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Pesca denuncia varias embarcaciones recreativas de Mallorca por pescar verderols en época de veda sin la talla mínima

Los infractores tampoco habían marcado los peces, obligatorio en esta especie de valor comercial

La dirección general de Pesca y Medio Marino, de la consellería de Agricultura, Pesca y Alimentación, ha denunciado varias embarcaciones recreativas en Mallorca por pescar verderols en época de veda y sin la talla mínima. El servicio de inspección pesquera abrió los expedientes de denuncia después de unas inspecciones rutinarias en puertos del Migjorn de la isla. 

En todos los casos denunciados, los pescadores recreativos habían pescado verderols con una talla inferior a los 30 centímetros y no habían cortado la cola de los peces, que es obligatorio en este tipo de especies de valor comercial.

La veda del verderol, para ejemplares de menos de 30 centímetros, está comprendida entre el 1 de julio y el 15 de septiembre. Además, en el caso de Eivissa y Formentera, en aguas interiores y hasta 6 millas náuticas de la costa, el periodo de veda se extiende hasta el 30 de septiembre. El marcaje es obligatorio en esta especie de valor comercial. La marca consiste en un corte al lóbulo inferior de la aleta caudal del pez que se tiene que hacer antes de desembarcar en el caso de pesca desde embarcación, o enseguida que se haya capturado, en el caso de pesca desde tierra o pesca submarina. Son también especies de valor comercial, entre otros, el gallo, la cap-roig y el dentón.

Según la Ley 6/2013, de 7 de noviembre, de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Islas Baleares, se considera infracción grave ejercer la pesca recreativa de especies no permitidas o en fondos prohibidos o en zonas o épocas vedadas y capturar especies de talla o peso inferior a los que se establezcan reglamentariamente. Estas infracciones pueden comportar una sanción de hasta 30.000 euros.