Fecha de actualización: 29/06/2022
INDEMNIZACIONES A PERCIBIR POR LOS CARGOS PÚBLICOS A SU CESE
En la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, los cargos públicos no percibirán indemnización alguna cuando cesen en sus funciones ni cuando finalice el tiempo previsto en el contrato, en el caso de los entes del sector público.
La única excepción se aplica a los cargos de los entes del sector público que firman contrato de alta dirección, dado que se les ha de aplicar la normativa laboral vigente. En estos casos tienen derecho a percibir indemnización sólo si se dan estos supuestos y en las cuantías que se indican:
Puede ver a continuación los cargos de entes del sector público a que nos hemos referido que han cesado en esta legislatura, con indicación de si han percibido o no indemnización al cese y el motivo de acuerdo con la Ley 7/2010 (según los datos suministrados por los entes respectivos):
Ente | Cargo | Nombre | Cuantia percibida al cese(1) | Motivo | Base legal |
Ens Públic de Radiotelevisió de les Illes Balears (EPRTVIB) | Gerente | Margarita Cardona | 0,00 € | ||
Director de radio | Joan Forteza Mayol | 2.897,63 € | Desistimiento empresario | Art. 21.4 par.4 Ley 7/2010 | |
Centre Balears Europa (CBE) | Director/a-Gerente | Mercè Pomar i Busqueta | 269,66 € | Desistimiento empresario | Art. 21.4 par.4 Ley 7/2010 |
Agència d'Estratègia Turística de les Illes Balears (AETIB) | Director/a-Gerente | Manuel Porras Romero | 990,29 € | Desistimiento empresario | Art. 21.4 par.4 Ley 7/2010 |
Director/a-Gerente | Antònia Gabriela Alomar Mascaró | 547,95 € | Falta preaviso |
Art. 21.4 par.2 Ley 7/2010 | |
Adjunto/a a la gerencia | Vicente Torres Ferrer | 1.528,19 € | Desistimiento empresario | Art. 21.4 par.4 Ley 7/2010 | |
Consorci Velòdrom Illes Balears | Director/a-Gerente | Jaume Ordines Joan (por disolución Consorcio) | 0,00 € | ||
Fundació per a l'Esport Balear | Director/Gerente | Antoni Muñoz Socias | 0,00 € | ||
Fundació Institut d'Investigació Sanitària Illes Balears (IdISBa) | Gerente | José Lladó Iglesias | 0,00 € | ||
Servei d'Informació Territorial de les Illes Balears (SITIBSA) | Gerente | Pere Fuster Nadal | 0,00 € | ||
Institut d'Estudis Baleàrics (IEB) | Director/a | Mateu Alexandre Malondra Flaquer | 2.260,69 € | Falta preaviso | Art. 21.4 par.2 Ley 7/2010 |
2.655,55 € | Desistimiento empresario | Art. 21.4 par.4 Ley 7/2010 | |||
Entitat Pública Empresarial de Telecomunicacions i Innovació de les Illes Balears (IBETEC) | Director/a-Gerente | Bartomeu Tugores Bautista | 5.259,72 € | Desistimiento empresario | Art.21.4 par.4 Ley 7/2010 |
Fundació Balear d'Innovació i Tecnologia (FBIT) | Gerente | Álvaro Medina Ballester | 0,00 € | ||
Ports de les Illes Balears | Director/a-Gerente | Pedro Puigdengoles Briones | 0,00 € | ||
Institut Balear de l'Habitatge (IBAVI) | Directora | Cristina Ballester Parets | 0,00 € | ||
Delegada Menorca | Noemí Gomila Carretero | 0,00 € | |||
Ibsalut | Director Gerencia Área Salud de Menorca | Antonio Gómez Arbona | 0,00 € | ||
Director Gerencia de Atención de Urgencias 061 | Antonio Francisco Bellever Julià | 0,00 € | |||
Director del Área de Profesionales y Relaciones Laborales | Gabriel Lladó Vidal | 0,00 € | |||
16.409,68 € | |||||
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ANEXO NORMATIVO
Artículo 21. Nombramiento, retribuciones y régimen jurídico de la gerencia y de los demás órganos unipersonales de dirección
4. Los titulares de la gerencia y de los otros órganos unipersonales de dirección del ente no percibirán ninguna indemnización en el momento de su cese, excepto la que pueda corresponderles de acuerdo con lo establecido en los párrafos siguientes de este apartado.
La extinción, por desistimiento del empresario, de los contratos de alta dirección únicamente da lugar a una indemnización no superior a siete días por año de servicio de la retribución anual en metálico, con un máximo de seis mensualidades. El cálculo de la indemnización se hará teniendo en cuenta la retribución anual en metálico que en el momento de la extinción se perciba como retribución fija íntegra y total, excluidos los incentivos o complementos variables.
No se tendrá derecho a ninguna indemnización cuando la persona, cuyo contrato de alta dirección se extinga por desistimiento del empresario, tenga la condición de funcionario de carrera o sea empleado de una entidad integrante del sector público con reserva de puesto de trabajo.
El desistimiento se comunicará por escrito, con un plazo máximo de antelación de quince días naturales. En caso de incumplimiento de este preaviso, la entidad deberá indemnizar a la persona con una cuantía equivalente a la retribución correspondiente al periodo de preaviso incumplido.