Portal Transparència

 

¿Cómo se organiza la transparencia en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears?

El Portal de Transparencia es una plataforma gestionada por la Consejería de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Coordinación Local (por medio de la Dirección General de Comunicación y Gobierno Abierto) mediante la que se puede acceder a la información de publicidad activa que suministran las diferentes unidades responsables de cada tipo de información.

La Dirección General de Comunicación y Gobierno Abierto, a través de la Unidad de Coordinación de Transparencia, de acuerdo con el Decreto 31/2023, de 22 de mayo, por el cual se establece la organización administrativa en materia de transparencia y se desarrolla el ejercicio del derecho de acceso a la información pública en la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y en su sector público instrumental, es la encargada de la coordinación en materia de derecho de acceso a la información pública mediante el asesoramiento a las unidades de transparencia, la propuesta de criterios homogéneos de respuesta y el establecimiento de directrices para garantizar una tramitación uniforme en toda la Comunidad Autónoma y su sector público instrumental:

  • Elabora y publica las estadísticas relativas a las solicitudes de acceso a la información pública y a las reclamaciones en materia de derecho de acceso.
  • Organiza y gestiona el Registro único de solicitudes de acceso a la información pública presentadas ante la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears o ante los entes de su sector público instrumental.
  • Resuelve la no admisión a trámite de las solicitudes en los casos establecidos en el apartado 2 del artículo 36 del Decreto 31/2023, de 22 de mayo, o el archivo de las solicitudes en los casos previstos en el apartado 3 del mismo artículo.

Cada consejería, a través de su unidad de transparencia, tramita  aquellas solicitudes que versen sobre materias de su competencia o de los entes que tenga adscritos. Finalmente, el o la titular de la consejería competente dictará la resolución que corresponda de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 del mencionado Decreto.

En relación al derecho de acceso a la información pública, y de acuerdo con lo que prevé la disposición adicional 4ª de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, se ha firmado un Convenio entre el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears por el que se atribuye al Consejo la competencia para la resolución de las reclamaciones previstas en el artículo 24 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El convenio tiene vigencia inicial de dos años, con el fin de que éste gestione, resuelva y notifique las reclamaciones que pueda plantear la ciudadanía ante las resoluciones expresas o presuntas reguladas en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia y emitidas por los órganos pertenecientes a las administraciones de las Islas Baleares (Comunidad Autónoma de las Illes Balears, consejos insulares, ayuntamientos o entidades del sector público dependientes o vinculadas a estas administraciones).

Encontrará toda la información en su página web: http://www.caib.es/sites/reclamacionsinformacio/es/inici/