ENTIDADES Y REGISTRO DE CONTROL METROLÓGICO


El Registro de Control Metrológico, es un registro único de alcance nacional, los datos están centralizados en el Centro Español de Metrología (CEM), del que depende.

Las actuaciones propias de la gestión de este Registro corresponden a las administraciones públicas competentes, y se encuentra regulado en el Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, por el que se desarrolla la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de metrología.

Normativa

Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de metrología

Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, por el que se desarrolla la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de metrología

 

Organismos notificados, organismos de control metrológico, organismo autorizado de verificación metrológica

De acuerdo con la normativa vigente hay tres tipos de organismos designados para el control de los diferentes ámbitos de la metrología legal:

- Organismo notificado: entidad pública o privada que actúa en los procedimientos evaluación de la conformidad, designado como tal, por las administraciones públicas competentes en el ámbito de la Unión Europea.

- Organismo de control metrológico: Entidad, pública o privada, designada por habilitación de una administración pública competente española para la realización de los ensayos en aplicación de una regulación específica nacional y emisión de los certificados o conformidades pertinentes en relación con el control metrológico del Estado en la fase de comercialización y puesta en servicio.

- Organismo autorizado de verificación metrológica: Entidad, pública o privada, designada por habilitación de una administración pública competente española, para la realización y emisión de las oportunas certificaciones relativas a los controles metrológicos después de reparación, después de modificación y periódicas.

En los tres casos la solicitud acompañada de la documentación que se indica a continuación deberán presentarse ante la Dirección General de Política Industrial. La acreditación tiene una vigencia indefinida.

Requisitos

1. Acreditación por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC).

2. Seguro de responsabilidad civil u otra garantía equivalente.

 

Para consultar la guía de tramitación y descargar los documentos, acceder a la ficha del trámite TNI-012.

Reparadores

Toda persona física o jurídica responsable de la reparación o modificación de instrumentos de medida sujetos al control metrológico del Estado, que implique levantamiento de precintos.

Para la realización de este trámite únicamente hay que presentar la declaración responsable de reparadores de instrumentos de medida sometidos a control metrológico en la que se declara que la empresa cumple los requisitos que se exigen por la normativa de aplicación, que dispone de la documentación que así lo acredita, que se compromete a mantenerlos durante la vigencia de la actividad y que se responsabiliza a ejecutar los trabajos de acuerdo con las normas y requisitos que se establecen en esta normativa. La declaración responsable habilita por tiempo indefinido para el ejercicio de la actividad desde el día de la presentación.

Para consultar la guía de tramitación y descargar los documentos, acceder a la ficha del trámite TNI-008.