Acreditación de la profesión de Psicología General Sanitaria

 

La Disposición Adicional Séptima de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, ha regulado la profesión del psicólogo sanitario generalista, con la denominación de Psicólogo General Sanitario. Esta norma detalla cuáles son sus funciones: “la realización de investigaciones, evaluaciones e intervenciones psicológicas sobre aquellos aspectos del comportamiento y la actividad de las personas que influyen en la promoción y mejora del estado general de su salud, siempre que estas actividades no requieran una atención especializada por parte de otros profesionales sanitarios”. Esta norma establece como requisito para ejercer poseer el título de licenciado/da o graduado/da en Psicología y el título oficial de Máster en Psicología General Sanitaria.

La Disposición Adicional Séptima de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, establece como única vía para acceder a la profesión de Psicólogo General Sanitario a los actuales psicólogos/as, la obtención del título oficial de Máster en Psicología General Sanitaria. Por tanto los/las profesionales deberían acudir a una universidad que imparta este nuevo título para obtenerlo.