Objeto de la convocatoria y ámbito de aplicación: Con estas ayudas se pretende subvencionar cursos de formación no reglada dirigidos a personas que desarrollen sus actividades en los sectores agrario y alimentario para fomentar la innovación en sus explotaciones, mejorar el rendimiento económico (mejora de la competitividad, de la organización de la cadena de distribución, de la comercialización o de la calidad de las producciones), fomentar la diversificación y propiciar el uso de buenas prácticas agrarias, la gestión sostenible, la producción compatible con la conservación del paisaje, la protección del medio ambiente y la eficiencia en la utilización de los recursos naturales.
El ámbito territorial de aplicación de las subvenciones es la Comunidad Autónoma de las Illes Balears .
Qué formaciones son subvencionables? Son subvencionables las acciones formativas que define el Plan de Formación Agroalimentaria de las Illes Balears para el año 2025-2026 aprobado pelo director general de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural en fecha 26 de septiembre de 2025, que figura como anexo 1 de este Resolución, y en la web del FOGAIBA.
No obstante lo que dispone el apartado anterior, no son subvencionables las acciones formativas correspondientes a la gestión agroforestal.
Estas acciones están previstas para cubrir las necesidades formativas del sector agrario y tienen que cumplir los requisitos siguientes:
a. Que versen sobre las materias que define el Plan de Formación Agroalimentaria de las Illes Balears para el año 2025-2026, que se detallan al anexo 1.
b. Que vayan dirigidas a personas que desarrollen, a tiempo completo o parcial, actividades en los sectores agrario y alimentario de las Illes Balears y que, en caso de que sea empresa, tengan la condición de pyme.
c. Que, como mínimo, ofrezcan formación a diez alumnos con certificado de asistencia en la isla de Mallorca , a seis alumnos con certificado de asistencia en la isla de Menorca y a cuatro alumnos con certificado de asistencia en las islas de Ibiza y Formentera . Para obtener el certificado de asistencia, los participantes en los cursos de formación tienen que asistir, de manera presencial o telemática, como mínimo, a lo 80,00% de las horas impartidas del curso.
d. Que se lleven a cabo en el periodo de elegibilidad que prevé el punto 4 de este apartado.
e. Que se impartan de manera gratuita y sin contraprestación por parte de los alumnos que logren la formación con certificado de asistencia.
f. Que se ajusten al resto de requisitos que prevé el punto III del anexo 1.
Quién puede pedirlas?Pueden ser beneficiarias de las subvenciones que se prevén en este convocatoria las administraciones públicas, las personas físicas, las entidades públicas o privadas, u organizaciones sin ánimo de lucro , que proporcionen las acciones de formación que define el Plan de Formación Agroalimentaria de las Illes Balears para el año 2025-2026, aprobado por la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, que se detalla al anexo 1 de este Resolución.
Plazo de presentación de solicitudes:1. El plazo de presentación de solicitudes para la primera convocatoria empieza a contar a partir del día siguiente a la publicación de este Resolución en Boletín Oficial de las Illes Balears hasta el lo 19 de diciembre de 2025. Para la segunda convocatoria, el plazo de presentación de solicitudes es desde el 1 de septiembre de 2026 hasta el 16 de noviembre de 2026.
2. Las personas interesadas que cumplan los requisitos que prevé este convocatoria tienen que presentar las solicitudes de forma electrónica, mediante el trámite telemático que estará disponible en el procedimiento publicado en la Sede Electrónica de este Administración, ydirigidas a lo Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (A04026954). En conformidad con lo que dispone el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se tiene que presentar la solicitud mediante el modelo específico asignado a este procedimiento y firmado electrónicamente.