Derechos sexuales

Los derechos sexuales son el resultado del consenso entre naciones y se fundamentan en los derechos humanos a la vida, la libertad y la seguridad. Se refieren al derecho de las personas a disfrutar de la sexualidad con libertad y dignidad, de forma segura, responsable, sin miedos ni vergüenzas, según cada forma de ser, sentir o pensar.

La Asociación Mundial para la Salud Sexual (WAS), en el XIII Congreso Mundial de Sexología, celebrado en Valencia, declaró por primera vez los derechos sexuales. Posteriormente, el 26 de agosto de 1999, en el XIV Congreso Mundial de Sexología, celebrado en Hong Kong, la Asamblea General de la WAS revisó y aprobó la actual declaración de derechos sexuales.
Asimismo, la Federación Internacional de Planificación de la Familia (IPPF) ha definido los derechos sexuales de la siguiente manera:

  1. Derecho a la igualdad. Todas las personas son iguales en dignidad y derechos. Todas tienen derecho al reconocimiento social y protección legal de sus vidas sexuales y reproductivas.
  2. Derecho a la autonomía sexual. Todas las personas tienen derecho a expresar y manifestar sus deseos, placer, prácticas, orientación e identidad sexual, a decidir libremente sobre su vida sexual en un marco ético no discriminatorio y respetuoso con los derechos de otras personas y con la capacidad evolutiva de los niños.
  3. Derecho a la libertad y a la integridad corporal. Todas las personas tienen derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral, a vivir libres de riesgo y de cualquier violencia, intimidación o coerción que atente contra su libertad y bienestar sexual y corporal.
  4. Derecho a decidir sobre las diferentes opciones reproductivas. Todas las personas tienen derecho a adoptar decisiones relativas a su vida reproductiva, a determinar libremente si quieren o no tener hijos y su momento y frecuencia.
  5. Derecho a la información. Todas las personas tienen derecho a disponer y acceder a una información completa, clara y veraz para tomar decisiones autónomas sobre su vida sexual y reproductiva y ejercer plenamente sus derechos.
  6. Derecho a la educación sexual. Todas las personas tienen derecho a recibir una educación sexual de calidad, libre de estereotipos y prejuicios morales, ideológicos o religiosos, que favorezca una vivencia positiva y saludable de la sexualidad.
  7. Derecho a la atención y protección de la salud sexual y reproductiva. Todas las personas tienen derecho a disfrutar del más alto nivel de salud sexual y de salud reproductiva como componentes centrales de su bienestar y, por lo tanto, a acceder a servicios de salud que ofrezcan una atención integral y de calidad.
  8. Derecho a la privacidad y confidencialidad. Todas las personas tienen derecho al respeto a su privacidad e intimidad, así como a la confidencialidad cuando proporcionen información sobre su vida sexual y reproductiva.
  9. Derecho a optar por las diversas formas de convivencia. Todas las personas tienen derecho a escoger la forma de convivencia que consideren más adecuada con la relación afectiva, igualitaria que hayan establecido, y a disfrutar de los mismos derechos sociales y legales.
  10. Derecho a la participación y libertad de opinión. Todas las personas tienen derecho a ejercer la libertad de pensamiento, opinión y expresión de sus ideas, así como de asociarse para participar en el desarrollo de las políticas que determinan su bienestar sexual y reproductivo.

Cada año, el 4 de septiembre se celebra el Día Mundial de la Salud Sexual.