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Información sobre productores de residuos en las Illes Balears


A. DEFINICIÓN DE PRODUCTOR DE RESIDUOS

(Artículo 2.ab) de la Ley 7/2022, de 8 de abril de 2022, de residuos y suelos contaminados para una economia circular)

Se define como Productor de residuos “cualquier persona física o jurídica que tenga una actividad que produzca residuos (productor inicial de residuos) o cualquier persona que efectúe operaciones de tratamiento previo, de mescla o de otro tipo, que ocasionen un cambio de naturaleza o de composición de estos residuos. En el caso de las mercancías retiradas por los servicios de control e inspección a las instalaciones fronterizas, se considera productor de residuos el representante de la mercancía, o bien el importador o exportador de la mercancía”

 


B. INSCRIPCIÓN DE PRODUCTOR

(Arte. 41 de la Ley 8/2019, de residuos y suelos contaminados de las Islas Baleares) 

En aplicación de la disposición transitoria segunda de la Ley 8/2019 de residuos y suelos contaminados de las Islas Baleares, desde el primero de octubre de 2019, el trámite de comunicación de producción de residuos para la inscripción al registro, sólo se podrá realizar telemáticamente.

Se admitirá la presentación de este trámite por una persona física o entidad jurídica distinta del interesado siempre que esté debidamente autorizado, el apoderamiento o autorización de representación debe estar inscrito en el Registro Electrónico de Apoderamientos (REA) @podera. En este caso, en el apartado 'Documentación' de este trámite se solicitara el justificante de registro de apoderamiento.

B.1.  ALTA COMO PRODUCTOR DE RESIDUOS

 B.1.1. PRODUCTOR DE RESIDUOS PELIGROSOS Y NO PELIGROSOS

Instrucciones de alta para productores de residuos peligrosos (más de 10.000kg/año), para pequeños productores de residuos peligrosos (menos de 10.000 kg/año) y para productores de residuos no peligrosos (más de 1.000 toneladas/año):

Tràmite telemático inscripción alta productores de residuos (excepto pequeño productor de no perillosos)

(Hará falta acceso a cl@ve y disponer de certificado digital)

DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA PRODUCTOR DE RESIDUOS PELIGROSOS Y NO PELIGROSOS:

- CIF de la empresa productora que se quiere dar de alta. (sólo en caso de entidades jurídicas)

- Escritura de la empresa o poderes de representación (sólo en caso de entidades jurídicas)

- DNI del representante de la empresa.

- Contrato de tratamiento de residuos (no es válido el contrato comercial) o modelo de declaración responsable.

- Estudio de minimización (si procede, ver apartado C)

- Dentro del trámite se remitirá a la Agencia Tributaria para realizar el pago de la tasa asociada.

- Justificante de inscripción en el Registro Electrónico de Apoderamientos (REA) @podera (En caso de presentar la solicitud en representación de otra persona física o jurídica).

 

B.1.2. PEQUEÑO PRODUCTOR DE RESIDUOS NO PELIGROSOS

Instrucciones de alta para pequeños productores de residuos no peligrosos (menos de 1.000 toneladas/año):

Trámite telemático inscripción alta Pequeño productor de residuos no peligrosos (menos de 1.000 toneladas/año)

(Habrá que disponer de certificado digital de la empresa o acceso a cl@ve en nombre de la empresa)

DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA PEQUEÑO PRODUCTOR DE RESIDUOS NO PELIGROSOS:

- CIF de la empresa productora que se quiere dar de alta. (sólo en caso de entidades jurídicas)

- DNI del representante de la empresa.

- Modelo de declaración responsable (firmar antes de anexarlo en el trámite).

- Autorización de representación (sólo en caso de realizar el trámite en representación de otra persona o entidad jurídica)

 

B.2.  MODIFICACIONES O BAJAS DE PRODUCTORES DE RESIDUOS

Este procedimiento aplica a cambios como por ejemplo, en los LER, en denominación comercial de la empresa, en el administrador/administradora, o similares.

SE CONSIDERA UNA ALTA NUEVA y por tanto debe realizar el trámite de alta, si los cambios afectan a:

- Ubicación del centro donde se genera el residuo.

- Por inicio de generación de residuos peligrosos. (Nuevas inscripciones o inscripciones existentes que no tienen peligrosos).

- Por empezar a producir 10.000 kg/año de residuos peligrosos.

- Por pasar a producir más de 1.000 toneladas/año de no peligrosos.

- Por cambio de CIF de la entidad titular.

Las modificaciones o bajas de las entidades ya inscritas en el Registro de Producción y Gestión de Residuos de las Illes Balears, se tiene que hacer a través del siguiente trámite telemático:

Trámite de solicitud de modificación o baja en el Registro de Producción y Gestión de Residuos de las Illes Balears

Aviso: En el própio trámite telemático se redirigirá a la ATIB para realizar el pago de la tasa correspondiente (si procede).
Las solicitudes de baja y modificación/ampliación de poseedor o pequeño productor de residuos no peligrosos están exentas de pagar tasa.

DOCUMENTACIÓN QUE DEBE PRESENTAR PARA MODIFICACIONES(Se solicitará dentro del tràmite telemático)

 Identificación de la empresa y representante legal, con copias de los NIF.
 Contrato de tratamiento con el gestor de los residuos (artículo 5 del Real Decreto 553/2020, de 2 de junio, por el que se regula el traslado de residuos al interior del territorio del Estado) o declaración responsable del productor en el que realiza constar el compromiso de disponer del contrato de tratamiento que corresponde con el gestor de residuos.

 


C. ESTUDIOS DE MINIMIZACIÓN DE LA PRODUCCIÓN DE RESIDUOS

En caso de alta o modificación para productores de residuos peligrosos (más de 10Tn/año) o productores de residuos no peligrosos (más de 1000Tn/año), conforme al articulo 42 de la ley autonómica 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados, deben presentar un estudio de minimización de la producción de residuos ante esta Consejería.

Art.42.2. Los productores están obligados a elaborar y enviar al Gobierno de las Illes Balears un estudio de minimización en la producción de residuos cada cuatro años. Esta obligación tiene que ser incluida por las administraciones competentes como condición de los permisos ambientales y de actividades necesarios para el ejercicio de la actividad.

Art.42.3. Quedan exentos de la presentación del estudio de minimización los productores de residuos peligrosos que, en cada centro, generen menos de 10 toneladas al año y los productores de residuos no peligrosos que, en cada centro, generen menos de 1.000 toneladas al año.

 


D. GARANTÍAS FINANCIERAS

Los productores de residuos están obligados a constituir una fianza en caso de que generen más de 10 Tn/año de residuos peligrosos. Esta fianza tendrá por objeto responder ante la Administración del cumplimiento de las obligaciones que se deriven del ejercicio de la actividad y de la comunicación (Artículo 23 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados por una economía circular) .

En caso de que su actividad como productor de residuos esté sujeta a la constitución de una garantía financiera se le comunicará, indicándole el importe de la misma y el procedimiento para formalizarla.

El procedimiento para constituir esta garantía y la documentación necesaria se encontrará en el sitio web del Servicio de Depositaría de la CAIB.

https://www.caib.es/govern/sac/fitxa.do?codi=4690674&coduo=2287&lang=es

En caso de que la actividad esté sometida al depósito de una garantía financiera no se llevará a cabo la inscripción en el registro - y, por tanto, la comunicación no resultará válida- hasta que no se haya acreditado su depósito ante el órgano de la Tesorería del Gobierno de las Islas Baleares (Artículo 48 de la Ley 8/2019, de 21 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Islas Baleares).

 


E. MEMORIA ANUAL DE PRODUCTOR DE RESIDUOS PELIGROSOS

icono_nuevo.png Conforme al punto 2-B del ACUERDO DE LA COMISIÓN DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE RESIDUOS RELATIVO A LA OBLIGACIÓN DE REMISIÓN DE MEMORIA ANUAL DE LOS PRODUCTORES DE RESIDUOS PELIGROSOS ESTABLECIDA EN LA LEY 7/2022, DE RESIDUOS Y SUELOS CONTAMINADOS PARA UNA ECONOMÍA CIRCULAR.

- La Comunidad Autónoma de las Illes Balears exime de presentar esta memoria anual, dado que los datos de la misma se obtendrán a partir de la documentación de los traslados de residuos presentada de forma telemática a través de la plataforma SINGER para los traslados intraterritoriales y de la plataforma eSIR por los traslados interterritoriales.


F. DOCUMENTOS

decision_UE_955-2014_lista_LER.pdf Lista codigos LER (decisión UE 955-2014)

Declaració_Responsable_Residus_CA.pdf Declaración Responsable Residuos

Modelo_autorizacion_representacion_CA.pdf Modelo autorización representación

estudi minimitzacio residus.pdf Estudio minimización residuos

Declaracion_anual_productores.xlsx Declaración anual de productor

 


G. FAQS TRÁMITES TELEMÁTICOS

Error autenticación clave CAST.pdf Error autenticación cl@ve 

Selección de códigos LER en trámites de productor.pdf Selección de códigos LER en trámites de productor

 


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