Regulación de actividades
A continuación se exponen los aspectos básicos sobre las actividades reguladas en la reserva marina.
En caso de necesitar más información o resolver alguna duda, o bien, se puede consultar el apartado de normativa, o bien, contactar con el Servicio de Recursos Marinos telefónicamente o enviando un mensaje a la dirección de correo: reservesmarines@dgpesca.caib.es.
A) Pesca profesional de artes menores
Solamente podrán ser autorizadas las embarcaciones adscritas a las cofradías de pescadores de Palma y Andratx, y aquellas que, adscritas a otra cofradía, puedan demostrar la habitualidad en la pesca en la zona de la reserva marina.

B) Pesca recreativa desde tierra
- Se puede practicar desde el 1 de octubre al 31 de marzo.
- La pesca desde los islotes está prohibida.
- Los únicos aparejos y modalidades permitidas son la caña (carrete y/o corcho), una por pescador con un máximo de 3 anzuelos.
C) Pesca recreativa desde embarcación
- Las únicas modalidades permitidas son el volantín y la potera.
- El volantín con caña o línea de mano. Se puede practicar entre el 1 de enero y el 31 de marzo.
- La potera para cefalópodos se puede practicar entre el 1 de octubre y el 31 de marzo.
- Se puede utilizar una sola caña o línea por pescador. El volantín tendrá un máximo de 3 anzuelos. Solo se puede utilizar un máximo de 2 poteras por línea/caña.
- A efectos del seguimiento de la actividad pesquera y la evolución de los recursos marinos los armadores de las embarcaciones tendrán que llevar un registro de la actividad a través del apartado de registro de la actividad de la aplicación móvil Diario de pesca recreativa. Para darse de alta, es necesario realizar el trámite siguiente: Registro de actividad con la aplicación móvil.
Para más información sobre la aplicación, clicar sobre el enlace: Diario de Pesca Recreativa.
También se puede declarar la actividad mediante el documento descargable:
Registro actividades Toro
No presentar el registro de capturas comportará la pérdida de la licencia.

- Enlace a la página para obtener más información de las licencias de pesca. Enlace web.
D) Buceo deportivo
- Se requiere de un permiso individual o colectivo, que ha de entregar el órgano competente en la materia. Enlace web.
- Las inmersiones en apnea son libres en toda la reserva marina.

- En todos los casos, queda prohibido a los buceadores de escafandra o en apnea llevar, tanto en la inmersión como en las embarcaciones, cualquier tipo de instrumento que se pueda utilizar para la pesca o la extracción de especies marinas (salvo el cuchillo de seguridad).
E) Otras actividades
La Dirección General de Pesca y Medio Marino puede autorizar la toma de muestras de flora y fauna marinas con finalidades científicas.
Esquema Reserva Marina de la isla del Toro

