Con el objeto de fijar el justiprecio, en caso de discrepancias en su determinación, se crea el Jurado de Cesión de Viviendas Desocupadas como órgano administrativo, sin personalidad jurídica, e integrado por juristas, arquitectos y arquitectos técnicos.
Funciones
Corresponde al Jurado de Cesión de Viviendas Desocupadas la tasación, peritación y fijación del justiprecio en los expedientes de cesión temporal del uso de las viviendas desocupadas cuya titularidad corresponda a grandes tenedores y que consten inscritos en el Registro de viviendas desocupadas, cuando haya discrepancias en relación con el justiprecio.
Composició
1. Presidencia: una persona licenciada en derecho, arquitectura, arquitectura técnica o aparejador de reconocido prestigio, con más de diez años de experiencia profesional acreditada en el sector público o privado o en el ejercicio libre de la profesión.
2. Secretaría: un funcionario titulado en derecho, adscrito a la Consejería de Movilidad y Vivienda, designado por su titular, con voz pero sin voto.
3. Vocalías:
Un abogado de la Dirección de la Abogacía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Dos técnicos facultativos superiores al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma expertos acreditados en materia de valoraciones inmobiliarias, que serán los ponentes.
Un profesional libre colegiado, con experiencia acreditada en materia de valoraciones inmobiliarias, miembro del Colegio Oficial de Arquitectos o de alguno de los colegios oficiales de aparejadores, arquitectos técnicos e ingenieros de edificación.
Creación y funcionamiento