Volver

Volver al listado de noticias

25/09/2025

CONSEJO ASESOR PARA LA INTEGRACIÓN DE LAS PERSONAS INMIGRANTES DE LAS ILLES BALEARS

Vicepresidencia segunda y Consejería de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local y Administraciones Públicas

Asesoramiento en materia de integración de personas inmigrantes extranjeras en la sociedad de las Illes Balears, así como la promoción de la participación social en esta materia.

 

Funciones

  1. Deliberar sobre la situación y la orientación general de la inmigración en las Illes Balears.
  2. Hacer la interlocución con el tejido asociativo del que disponen las personas inmigrantes, con el objetivo de fomentar la participación de estas personas en la toma de decisiones en materia de inmigración en el ámbito de las Illes Balears.
  3. Debatir los proyectos de normativa autonómica que tengan incidencia en materia de inmigración y, en su caso, enviar las consultas solicitadas.
  4. Formular propuestas y recomendaciones para mejorar las medidas en materia de integración social de las personas inmigrantes que realizan las administraciones públicas de las Illes Balears en sus diferentes ámbitos.
  5. Establecer e impulsar contactos con otros órganos análogos de ámbito estatal y europeo. 
  6. Facilitar la comunicación y el intercambio de opiniones entre las diferentes personas que son miembros del Consejo Asesor sobre los problemas que afectan a las personas inmigrantes residentes en las cuatro islas.
  7. Ejercer las funciones de asesoramiento no preceptivo que le pueda atribuir la normativa. 
  8. Proponer modificaciones de la normativa relativa a la integración de las personas inmigrantes.
  9. Conocer todos los asuntos, relacionados con su competencia, que decida someter a consideración alguno de los miembros.

 Composición

Pleno

  1. Presidència: la persona titular de consejería competente en materia de inmigración. 
  2. Secretaria: una persona funcionaria adscrita a la consejería competente en materia de inmigración. 
  3. Vocalies:

    Una persona representante del órgano competente en materia de política lingüística.

    Una persona representante  de cada una de las dos organizaciones empresariales más representativas de las Illes Balears.

    Una persona representante de cada uno de los sindicatos más representativos de las Illes Balears.

    La persona titular de la dirección general competente en materia de inmigración.

    Dos personas representantes del Servicio de Empleo de las Illes Balears (SOIB).

    Una persona representante de la Federación de Entidades Locales de las Illes Balears (FELIB).

    Una persona representante de la consejería competente en materia de educación.

    Una persona representante de cada consejo insular.

    Una persona representante de cada federación de personas inmigrantes que tenga, como mínimo, ámbito insular.

    Por la condición de capital de la comunidad autónoma, una persona representante del Ayuntamiento de Palma.

    Tres personas representantes de las entidades sin ánimo de lucro que trabajen en la lucha contra la pobreza y la exclusión social, como mínimo de ámbito insular, que deberá proponer la EAPN Illes Balears (Red Europea contra la Pobreza y la Exclusión Social Illes Balears).

    Una persona representante del Ilustre Colegio de Abogados de las Illes Balears.

    Una persona representante del Colegio de Educadoras y Educadores Sociales de las Illes Balears.

    Una persona representante del Colegio Oficial de Trabajo Social de las Illes Balears.

    Una persona representante de la Administración del Estado.

    Una persona representante de la consejería competente en materia de salud.

    Una persona representante de cada asociación de personas inmigrantes que haya manifestado interés en formar parte del Consejo Asesor para la Integración de las Personas Inmigrantes de las Illes Balears.

    La persona titular de la dirección general competente en materia de cooperación.

    Una persona representante de la consejería competente en materia de trabajo.

  4. Otros asistentes: por razón de la materia, pueden incorporarse al Pleno, nombrados por el presidente, a propuesta de cualquiera de los miembros, representantes de otras consejerías del Gobierno, consejos insulares o ayuntamientos, representantes de otras entidades o expertos.

Grupos de trabajo

Vocalías: por acuerdo del Pleno, se pueden crear grupos de trabajo para hacer estudios o trabajar sobre proyectos o medidas concretas en materia de inmigración. El Pleno deberá determinar su objeto, composición, periodicidad de las reuniones y duración.

 

Creación y funcionamento

Acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de noviembre de 2016 por el que se crea el Consejo Asesor para la Integración de las Personas Inmigrantes de las Illes Balears

Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de junio de 2018 por el que se modifica la composición del Consejo Asesor para la Integración de las Personas Inmigrantes de las Illes Balears