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02/10/2025

CONSEJO SOCIAL DE LA LENGUA CATALANA

Consellería de Turismo, Cultura y Deportes

Órgano de asesoramiento y consulta en materia lingüística de la comunidad de las Illes Balears. 

Funciones

  1. Participar en el proceso de normalización lingüística y contribuir a su impulso en los diferentes ámbitos sectoriales, en aplicación de la normativa vigente en materia de normalización lingüística.
  2. Asesorar e informar sobre los proyectos de planificación lingüística general y sobre las consultas que puedan encomendarle desde Gobierno de las Illes Balears o desde otras instituciones.
  3. Contribuir a la coordinación y potenciación de las actuaciones que realizan las instituciones administrativas, cívicas y culturales para mejorar la política lingüística de las Illes Balears.

 Composició

  1. Presidencia: la persona titular de la presidencia de las Illes Balears.
  2. Vicepresidencia: 

    La persona titular de la consejería competente en materia de cultura.

    La persona titular de la secretaría autonómica competente en materia de cultura.

    La persona titular de la dirección general competente en materia de cultura.

    La persona titular de la dirección del Instituto de Estudios Baleáricos.

    La persona titular de la rectoría de la Universidad de las Illes Balears.

    La persona titular de la presidencia de la Obra Cultural Balear.

  3. Secretaría: una persona nombrada por la persona titular de la consejería competente en materia de política lingüística entre el personal al servicio de la Consejería o del Instituto de Estudios Baleáricos, sin voto.
  4. Vocalías del Grupo A:

    La persona titular de la presidencia del Consejo Insular de Mallorca o la persona titular de la consejo en quien delegue.

    La persona titular de la presidencia del Consejo Insular de Menorca o la persona titular de la consejo en quien delegue.

    La persona titular de la presidencia del Consejo Insular de Ibiza o la persona titular de la consejo en quien delegue.

    La persona titular de la presidencia del Consejo Insular de Formentera o la persona titular de la consejo en quien delegue.

    Una persona representante de cada uno de los grupos parlamentarios del Parlamento de las Illes Balears. 

  5. Vocalías del Grupo B:

    La persona titular de la consejería competente en materia de cultura, que puede delegar la representación en el secretario general o en la persona titular de una dirección general de la consejería.

    La persona titular de la consejería competente en materia de inmigración, que puede delegar la representación en el secretario general o en la persona titular de una dirección general de la consejería.

    La persona titular de la consejería competente en materia de educación, que puede delegar la representación en el secretario general o en la persona titular de una dirección general de la consejería.

    La persona titular de la consejería competente en materia de juventud, que puede delegar la representación en el secretario general o en la persona titular de una dirección general de la consejería, o en la persona titular de la dirección del ente instrumental encargado de la política autonómica en materia de juventud y ocio.

    La persona titular de la consejería competente en materia de salud, que puede delegar la representación en el secretario general o en la persona titular de una dirección de la consejería o en la persona titular de la dirección del ente público que gestiona los servicios asistenciales sanitarios de las Illes Balears.

    La persona titular de la consejería competente en materia de función pública, que puede delegar la representación en la persona titular de la secretaría general o de una dirección general de la consejería.

    La persona titular de una dirección de la Abogacía de la Comunidad Autónoma.

    La persona titular de la delegación del Gobierno español en las Illes Balears o la persona del organismo en quien delegue la representación.

    La persona titular de una dirección general del Ente Público de Radiotelevisión de las Illes Balears o el miembro del Ente en quien delegue la representación. 

  6. Vocalías del Grupo C:

    Tres peronas vocales propuestos por la Federación de Entidades Locales de las Illes Balears (FELIB), entre los que tiene que haber un alcalde de Mallorca, un alcalde de Menorca y un alcalde de Ibiza o los regidores en quienes deleguen la representación.

    La persona titular de la alcaldía de Palma o el regidor en quien delegue la representación.

  7. Vocalías del Grupo D:

    La persona titular de la presidencia del Consejo Escolar de las Illes Balears o la vocalía en quien delegue la representación.

    La persona titular de la dirección del Departamento de Filología Catalana y Lingüística General de la Universidad de les Illes Balears o la persona miembro del Departamento en quien delegue la representación.

    La persona titular de la presidencia del Consejo Social de la Universidad de les Illes Balears o la vocalía en quien delegue la representación.

    La persona titular de la presidencia de la Sección Filológica del Instituto de Estudios Catalanes o la persona miembro en quien delegue la representación.

    La persona titular de la dirección del Instituto de Estudios Baleáricos o la persona miembro del Instituto en quien delegue la representación.

    La persona titular de la dirección del Instituto Ramon Llull o la persona miembro del Instituto en quien delegue la representación.

     

  8. Vocalías del Grupo E:

    Una persona miembro de la Junta Directiva de la Obra Cultural Balear.

    La persona titular de la presidencia del Instituto de Estudios Ibicencos o la persona en quien delegue la representación.

    Una persona miembro del Instituto Menorquín de Estudios.

    La persona titular de la presidencia de la Obra Cultural Balear de Formentera o la persona miembro de la entidad en quien delegue la representación.

    Una persona representante de Acción Cultural de Menorca.

    Una persona representante de la Associació Vuit d’Agost de Ibiza. 

  9. Vocalías del Grupo F:

    La persona titular de la dirección de la Escuela Municipal de Mallorquín de Manacor o la persona en quien delegue la representación.

    La persona titular de la dirección de Paraula. Centre de Serveis Lingüístics o la persona en quien delegue la representación. Un miembro de la Associació d’Escriptors en Llengua Catalana.

    Una persona miembro de Editors de les Illes Balears Associats.

    La persona titular de la presidencia de la Associació de Premsa Forana de Mallorca o la persona miembro de la asociación en quien delegue la representación.

    La persona titular de la presidencia de la l’Associació de Premsa Local de Menorca o la persona miembro de la asociación en quien delegue la representación.

    Una persona miembro del Sindicat de Periodistes de les Illes Balears.

    La persona titular de la presidencia de la Associació d’Actors i Actrius Professionals de les Illes Balears o la persona miembro de la asociación en quien delegue la representación.

    Una persona miembro del Clúster de Còmic i Nous Mèdia de Mallorca. 

  10. Vocalías del Grupo G:

    La persona titular de la presidencia del Consejo de la Juventud o el miembro del Consejo en quien delegue la representación.

    Una persona miembro de Joves de Mallorca per la Llengua.

    Una persona miembro designado por la Federació d’Escoltisme i Guiatge de les Illes Balears y por los Escoltes i Guies de Mallorca. 

  11. Vocalías del Grupo H:

    Una persona representante de cada una de las dos organizaciones sindicales que hayan obtenido el mayor número de representantes en las últimas elecciones en las Illes Balears.

    Una persona representante de la organización sindical más representativa en el ámbito de la enseñanza.

    Una persona representante de cada una de las organizaciones empresariales más representativas de las Illes Balears.

    Una persona representante de la organización patronal con más representación en el ámbito docente.

    La persona titular de la presidencia de la Unió de Cooperatives de Treball Associat de les Illes Balears o la persona en quien delegue la representación. 

  12. Vocalías del Grupo I:

    Hasta doce vocalías nombrados por la persona titular de la consejería competente en materia de política lingüística entre las organizaciones y entidades más representativas de los ámbitos cultural, socioeconómico, informativo y deportivo, así como entre personas relevantes en el proceso de normalización lingüística. 

Creación y funcionamiento

Decreto 64/2002, de 3 de mayo, de creación del Consejo Social de la Lengua Catalana (solo disponible en versión catalana)