Volver

Volver al listado de noticias

23/06/2025

COMISIÓN DE IMPULSO SOSTENIBLE

Consejería de Turismo, Cultura y Deportes

Órgano consultivo, con carácter no preceptivo y no vinculante, y como organismo de participación, de coordinación y asesoramiento del sector cultural y de la ciudadanía en el desarrollo de las políticas públicas en materia de cultura, que actúa con autonomía e independencia en el cumplimiento de sus fines y en el desarrollo de sus tareas y que trabaja bajo la base del Plan de Cultura de las Illes Balears en su desarrollo, revisión e implementación. 

 

Funciones

Pleno

1. Actuar como órgano de participación, consulta y asesoramiento no preceptivo ni vinculante de la Consejería de Cultura, Participación y Deportes en relación con el desarrollo de políticas y actuaciones culturales.

2. Contribuir a la diagnosis del sector y establecer los objetivos prioritarios en materia de cultura.

3. Proponer actuaciones específicas relacionadas con los objetivos prioritarios.

4. Aprobar las líneas de actuación y el programa anual del CCIB.

5. Acordar y aprobar la creación de comisiones transversales y grupos de trabajo específicos.

6. Aprobar las nuevas incorporaciones al Pleno.

7. Aprobar los informes.

8. Proponer actuaciones, investigaciones, informes y otros materiales necesarios para desarrollar las funciones asignadas al CCIB.

9. Aprobar las normas de funcionamiento interno del CCIB, que se adaptarán, en todo caso, a lo que dispone esta resolución.

10. Tener conocimiento de los anteproyectos de ley y de las disposiciones normativas que afecten al ámbito cultural y emitir un informe cuando lo requiera la consejera de Cultura, Participación y Deportes.

 

Grupos de trabajo o comisiones

1. Emitir informes.

2. Elaborar documentos.

3. Proponer actuaciones concretas en el ámbito de la cultura.

 

Composición

Pleno

1. Presidencia: la persona titular de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes.

2. Vicepresidencia: una persona, a propuesta de la presidencia o alguno de los vocales del Pleno, nombrada por la presidencia.

3. Secretaría: un funcionario de la Dirección General de Cultura, con voz pero sin voto.

4. Vocalías:

El consejero de Educación y Universidad o la persona en quien delegue.

El presidente del Consejo de la Juventud o la persona en quien delegue.

El presidente del Consejo Social de la Lengua Catalana o la persona en quien delegue.

El consejero de Cultura del Consejo Insular de Mallorca o la persona en quien delegue.

El consejero de Cultura del Consejo Insular de Menorca o la persona en quien delegue.

El consejero de Cultura del Consejo Insular de Ibiza o la persona en quien delegue.

El consejero de Cultura del Consejo Insular de Formentera o la persona en quien delegue.

El presidente de la Federación de Entidades Locales de las Illes Balears (FELIB) o la persona en quien delegue.

Un representante del Consejo Asesor de Contenidos y de Programación del Ente Público de Radiotelevisión de las Illes Balears (IB3).

El vicerrector de Proyección Cultural, Universidad Abierta y Sedes Universitarias de la Universidad de las Illes Balears (UIB) o la persona en quien delegue.

El delegado del Instituto de Estudios Catalanes (IEC) en las Illes Balears o la persona en quien delegue.

El presidente de la Obra Cultural Balear (OCB) o la persona en quien delegue.

El presidente del Instituto Menorquín de Estudios (IME) o la persona en quien delegue.

El presidente del Instituto de Estudios Ibicencos (IEE) o la persona en quien delegue.

El presidente de la Obra Cultural Balear Formentera (OCBF) o la persona en quien delegue.

El presidente del Consejo Asesor de Cultura Popular y Tradicional de las Illes Balears o la persona en quien delegue.

Un representante de la Asociación de Bibliotecarios, Archiveros y Documentalistas de las Illes Balears.

Un representante del sector de la museología de las Illes Balears.

Un representante del sector de la educación y la mediación cultural de las Illes Balears.

Un representante de la Asociación de Productoras Audiovisuales de las Illes Balears.

Un representante de la Asociación de Dramaturgos de las Illes Balears.
Un representante de la Asociación de Profesionales de la Gestión Cultural de las Illes Balears.

Un representante de la Asociación de Actores y Actrices Profesionales de las Illes Balears.

Un representante de la Asociación de Empresas Baleares de Artes Escénicas.

Un representante de la Asociación de Teatros y Auditorios Públicos de las Illes Balears.

Un representante de la Asociación de Artistas Visuales de las Illes Balears.

Un representante de la Asociación de Cineastas de las Illes Balears.

Un representante de la Asociación Independiente de Galeristas de Arte de Baleares.

Un representante de la Asociación de Críticos y Comisarios de Arte de las Illes Balears.

Un representante del sector de la música de las Illes Balears.

Un representante de Editores de las Illes Balears Asociados.

Un representante del sector de las librerías de las Illes Balears.

Un representante del sindicato más representativo en el ámbito de la cultura de las Illes Balears o de la organización sindical que haya obtenido más representantes en las últimas elecciones en las Illes Balears.

Hasta siete personas entre personas (expertas, científicas, periodistas, académicas, artistas y creadoras...) o entidades de la sociedad civil que destaquen por su contribución o trayectoria en ámbitos que tengan especial relevancia o impacto en el desarrollo cultural o social.

 

Creación y funcionamiento

Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes de 20 de febrero de 2019 por la que se crea el Consejo de la Cultura de las Illes Balears