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19/05/2025

CONSEJO DE RAZAS AUTÓCTONAS DE LAS ILLES BALEARS

Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural

Órgano de consulta y asesoramiento de la Consejería de Agricultura y Pesca en materia de razas autóctonas.

 

Funciones

1. Impulsar la conservación de las razas autóctonas, su fomento y apoyar a las asociaciones.

2. Impulsar el seguimiento y el control de los libros genealógicos y de los registros.

3. Proponer estudios y analizar las informaciones que se generen sobre este tema.

4. Propiciar la colaboración de la comunidad científica, y promover estudios y trabajos de investigación en materia de producción animal, etnozootecnia y genética.

5. Impulsar y coordinar la política de comunicación e información en materia de razas autóctonas.

6. Servir de órgano de información sobre la situación del sector agrario, especialmente en lo que hace referencia a las razas autóctonas, así como sobre el resultado de la política desarrollada.

7.  Informar sobre la normativa que afecte a razas autóctonas.

8. Proponer modificaciones del Catálogo oficial de razas de las Illes Balears.

9. Informar sobre las propuestas de modificación del Catálogo.

10. Formular cualquier tipo de iniciativa o sugerencia para la mejora de las razas autóctonas.

11. Hacer el seguimiento de las medidas de apoyo técnico y económico de las razas autóctonas.

12. Colaborar en la preparación y la ejecución de la política agraria en lo referente a razas autóctonas.

13. Elaborar una memoria anual sobre la gestión y la situación de las razas autóctonas.

 

Composición

1. Presidencia: la consejera de Agricultura y Pesca.

2. Vicepresidencia: el director general de Agricultura.

3. Secretaría: una persona elegida por los miembros del Consejo de entre los vocales.

4. Vocalías:

Un representante de la Consejería de Agricultura del Consejo Insular de Ibiza y Formentera.

Un representante de la Consejería de Agricultura del Consejo Insular de Menorca.

El director del IBABSA.

Un técnico del IBABSA.

El jefe del Servicio de Ganadería de la Consejería de Agricultura y Pesca.

Un técnico de la Consejería de Agricultura y Pesca.

Un representante de cada raza autóctona oficialmente reconocida.

Un representante del Servicio de Cría Caballar y Remonta.

 

Creación y funcionamiento

Orden del consejero de Agricultura y Pesca de 29 de enero de 2003 por la que se crea el Consejo de Razas Autóctonas de las Illes Balears