Vocalías:
Cuando ejerza funciones consultivas y de asesoramiento, formarán parte de él como vocales:
Dos personas en representación de las asociaciones y organizaciones más representativas, con implantación en el ámbito de las Illes Balears, que tengan como finalidad principal la protección del medio ambiente.
Dos personas en representación de las organizaciones sindicales más representativas del sector de la minería en las Illes Balears.
Una persona en representación de la Confederación de Asociaciones Empresariales de Baleares (CAEB).
Una persona en representación de la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa de Baleares (PIMEB).
Una persona en representación de las federaciones de municipios.
Una persona en representación del ayuntamiento cuando la cuestión que se ha de tratar afecte directamente a su municipio.
Una persona en representación del Consejo Insular de Mallorca, cuando afecte a la isla de Mallorca.
Una persona en representación del Consejo Insular de Menorca, cuando afecte a la isla de Menorca.
Una persona en representación del Consejo Insular de Ibiza, cuando afecte a la isla de Ibiza.
Una persona en representación del Consejo Insular de Formentera, cuando afecte a la isla de Formentera.
Una persona en representación del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos de Minas con implantación en el ámbito de las Illes Balears.
Una persona en representación del Colegio Oficial de Ingenieros de Minas con implantación en el ámbito de las Illes Balears.
Una persona en representación de las asociaciones de la minería en las Illes Balears. Una persona en representación de las asociaciones de explotación de canteras en las Illes Balears.
Una persona en representación de las asociaciones de explotación de salineras en las Illes Balears.
Una persona en representación de las asociaciones de explotación de aguas minerales envasadas en las Illes Balears.
Una persona en representación de las asociaciones de explotación de geotermia en las Illes Balears.
Una persona en representación de la consejería competente en materia de medio ambiente.
Tres personas que sean funcionarias del cuerpo facultativo de la Dirección General de Industria y Energía.
Cuando realice funciones decisorias, formarán parte de él tan solo los vocales representantes de las administraciones públicas referidos en el punto anterior. En este caso los representantes de las otras entidades tendrán la consideración de invitados y tendrán voz pero no voto.