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30/04/2025

CONSEJO ASESOR FISCAL

Consejería de Economía, Hacienda e innovación

Es el órgano colegiado de carácter consultivo, participación y apoyo de la actividad de la Agencia Tributaria de las Illes Balears, adscrito a la consejería competente en materia de hacienda.

 

Funciones

1. Apoyar a los órganos de gobierno y directivos de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y la consejería competente en materia de hacienda, así como fomentar la colaboración con instituciones y organizaciones sociales, empresariales y profesionales.

2. Potenciar las relaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, el Tribunal Económico-administrativo Regional, el Tribunal Económico-administrativo Central y el Consejo para la Defensa del Contribuyente.

3. Diseñar la política de los ingresos públicos en el sistema tributario autonómico y proponer medidas tributarias.

4. Realizar el seguimiento del programa anual de actuación de la Agencia Tributaria y proponer mejoras para los futuros programas.

5. Proponer estrategias para mejorar la eficiencia fiscal y promover la conciencia fiscal y el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

6. Proponer mejoras en las normas tributarias y fomentar las buenas prácticas y la transparencia administrativa.

7. Colaborar en la tramitación de quejas y sugerencias de los contribuyentes.

8. Proponer criterios administrativos para consultas tributarias y actuaciones de información a los contribuyentes.

9. Asistir en el dictado de disposiciones interpretativas y aclaratorias de las normas tributarias y recaudadoras.

10. Evaluar la actividad tributaria para identificar posibles mejoras y reducir las cargas administrativas.

11. Conocer los proyectos normativos y emitir informes sobre los procedimientos tributarios.

12. Emitir informe previo a la aprobación o modificación de la carta de derechos de los contribuyentes.

13. Elaborar estudios sobro nuevas figuras impositivas y el sistema de financiación autonómica.

14. Emitir informes solicitados por el Parlamento, el Consejo de Gobierno, la Agencia Tributaria o la consejería competente en materia de hacienda.

15. Conocer las repercusiones de los tributos sobre las instituciones del derecho civil de las Illes Balears y someterse al parecer del Consejo Asesor de Derecho Civil.

 

Composició

1. Presidencia: la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda.

2. Vocalías:

Cuatro representantes del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Dos representantes de la Agencia Tributaria de las Illes Balears.

Un representante de cada consejo insular.

Dos representantes de las entidades locales.

Seis representantes de los colegios profesionales y de las entidades o asociaciones de colectivos representativos de los asesores fiscales que ejercen sus funciones en las Illes Balears.

Dos representantes nombrados entre catedráticos y profesores del ámbito académico especializados en fiscalidad, uno en el área económica y otro en el área jurídica, a propuesta de la Universidad de las Illes Balears (UIB).

Dos representantes nombrados libremente por el consejero o consejera competente en materia de hacienda, preferentemente seleccionados entre los órganos competentes de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de los tribunales económico-administrativos de la Administración del Estado o del Consejo para la Defensa del Contribuyente.

 

Creación y funcionamiento

Ley 12/2023, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024