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26/09/2025

CONSELL ASESOR DE La ENERGÍA

Consejería de Empresa, Autónomos y Energía

Órgano colegiado de carácter consultivo que tiene por objeto asesorar, impulsar y realizar un seguimiento, en el marco de la normativa en materia energética, de las diferentes actuaciones en materia de eficiencia energética, fomento de las energías renovables y de la planificación e innovación energética, en el ámbito de las Illes Balears.

Funciones

  1. Informar preceptivamente y con carácter no vinculante de los planes y programas energéticos.
  2. Informar preceptivamente y con carácter no vinculante de los anteproyectos de ley y proyectos de decreto que en materia de energía se sometan a la aprobación del Consejo de Gobierno.
  3. Impulsar la coordinación entre la iniciativa pública y privada para favorecer la optimización de los recursos energéticos.
  4. Asesorar en temas de investigación, innovación y desarrollo energético a los órganos dependientes de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
  5. Proponer la realización y evaluación de programas de formación, investigación, innovación y divulgación científica y técnica en el ámbito de su actuación, por sí mismo o en colaboración con otras entidades y organismos, y en particular con instituciones universitarias, organizaciones profesionales o asociaciones sectoriales.
  6. Elaborar y aprobar su propio reglamento.
  7. Cualquier otra función que expresamente le sea asignada o que se derive de los fines y objetivos que el Consejo Asesor de la Energía tiene atribuidos.

Composición

  1. Presidencia: la persona titular de la consejería competente en materia de energía.
  2. Vicepresidencia: la persona titular de la dirección general competente en materia de energía.
  3. Secretaría: una persona funcionaria con funciones jurídicas adscrito a la dirección general competente en materia de energía, con voto pero sin voto.
  4. Vocalías:

    Dos persones representantes de las asociaciones y organizaciones con implantación en el ámbito de las Illes Balears que tengan como fin principal la protección del medio ambiente.

    Una persona representante del sindicato Comisiones Obreras (CCOO).

    Una persona representante del sindicato Unión General de Trabajadores (UGT).

    Una persona representante de la Confederación de Asociaciones Empresariales de Baleares (CAEB).

    Una persona representante de la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa de Baleares (PIMEB).

    Dos personas representantes de las federaciones de municipios.

    Una persona representante del Consejo Insular de Mallorca.

    Una persona representante del Consejo Insular de Menorca.

    Una persona representante del Consejo Insular de Ibiza.

    Una persona representante del Consejo Insular de Formentera.

    Una persona representante de la Universidad de las Illes Balears (UIB).

    Una persona representante del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de las Illes Balears.

    Una persona representante del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de las Illes Balears.

    Una persona representante del Colegio Oficial de Arquitectos de las Illes Balears.

    Una persona representante de los colegios oficiales de arquitectos técnicos con implantación en el ámbito de las Illes Balears.

    Una persona representante de la Asociación Balear de Técnicos en Energía, Climatización y Refrigeración (ABTECIR).

    Dos personas representantes de las asociaciones de productores en régimen especial, con implantación en el ámbito de las Illes Balears.

    Una persona representante del gestor de la red de distribución.

    Una persona representante de los productores de régimen ordinario.

    Una persona representante del operador del sistema eléctrico balear.

    Una persona representante del principal distribuidor de gas natural en las Illes Balears.

    Una persona representante del transportista único y propietario de la red de transporte.

    Dos personas representantes de las asociaciones de consumidores y usuarios con implantación en el ámbito de las Illes Balears.

    La persona titular de la dirección general competente en materia de promoción industrial.

    La persona titular de la dirección general competente en materia de innovación.

    La persona titular de la dirección general competente en materia de consumo.

    Una persona funcionaria del cuerpo facultativo de la dirección general competente en materia de cambio climático.

    Dos personas funcionarias del cuerpo facultativo de la dirección general competente en materia de energía.

    Una persona funcionaria del cuerpo facultativo de la dirección general competente en materia de seguridad industrial.

    Una persona representante de cada uno de los grupos parlamentarios.


Creación y funcionamiento

Decreto 39/2010, de 26 de febrero, por el que se crea el Consejo Asesor de la Energía (solo disponible en versión catalana)

Enlaces de interés: